Mesos Corredora de Seguros Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 103730-2022
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- 2ª Notaría de Santiago con domicilio en Alcántara N°107
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (4)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| BHM Consultores S.A | socio | 76070905-0 | — | — | |
| Asesorías e Inversiones El Canelo SpA | socio | 76917680-2 | — | — | |
| JLT Chile Holdings SpA | socio | 76167264-9 | — | — | |
| Mesos Corredora de Seguros Limitada | socio | 76089404-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago con domicilio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2022, otorgada ante el suplente Benjamín Castillo Montalvo, bajo el repertorio N°103.730-2022, (i) BHM Consultores S.A., RUT N°76.070.905-0, domiciliada para estos efectos en calle Candelaria Goyenechea N°3900, piso -1, oficina Z-4, comuna de Vitacura, Región Metropolitana de Santiago; (ii) Asesorías e Inversiones El Canelo SpA, RUT N°76.917.680-2, domiciliada para estos efectos en Avda. Valle del Monasterio, N°2121, casa N°10, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana de Santiago; y (iii) JLT Chile Holdings SpA, RUT N°76.167.264-9, domiciliada para estos efectos en Avda. Costanera Sur N°2730, Parque Titanium, piso 14, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, modificaron los estatutos de la sociedad Mesos Corredora de Seguros Limitada, RUT N°76.089.404-4 (la “Sociedad”), inscrita a fojas 8.905, número 6.161 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2010, en las siguientes materias: I. Cesión de derechos sociales: Asesorías e Inversiones El Canelo SpA vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos en la Sociedad, correspondientes al 0,1% de los derechos sociales a JLT Chile Holdings SpA, retirándose de esta forma Asesorías e Inversiones El Canelo SpA de la Sociedad, quedando como únicos y exclusivos socios en la Sociedad: (i) BHM Consultores S.A., dueña de un 99,9% de los derechos sociales, y (ii) JLT Chile Holdings SpA, dueña de un 0,1% de los derechos sociales, distribuyéndose el capital social de la Sociedad de acuerdo a dichos porcentajes. II. Modificación de estatutos: BHM Consultores S.A. y JLT Chile Holdings SpA, como únicos socios de la Sociedad, acordaron las siguientes modificaciones a los estatutos de la Sociedad: i) Reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad, relativo al capital social, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de mil ochocientos dieciocho millones trescientos setenta y cuatro mil quinientos setenta y siete pesos, que los socios aportan, enteran y pagan de la siguiente forma: /a/ BHM CONSULTORES S.A. ha aportado la suma de mil ochocientos dieciséis millones quinientos cincuenta y seis mil doscientos tres pesos, correspondientes a un noventa y nueve coma nueve por ciento del capital de la sociedad íntegramente pagado con anterioridad a esta fecha; y /b/ JLT CHILE HOLDINGS SpA ha aportado la suma de un millón ochocientos dieciocho mil trescientos setenta y cuatro pesos, correspondientes a un cero coma un por ciento del capital de la sociedad, íntegramente pagado con anterioridad a esta fecha”. ii/ Reemplazar el Artículo Séptimo de los estatutos de la Sociedad, relativo a la administración social, en el sentido que el uso de la razón social, administración y representación de la Sociedad, con las más amplias atribuciones, corresponderá al socio BHM Consultores S.A., en adelante el “Administrador”, el que las ejercerá actuando a través de los representantes o apoderados que designe y autorice al efecto por medio de escritura pública. Al Administrador le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad y, para el cumplimiento del objeto social, estará investido de todas las facultades de administración y disposición. De toda designación posterior del Administrador se deberá tomar nota al margen de la inscripción del extracto de la escritura pública de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. La responsabilidad de los socios de la Sociedad continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público, 2ª Notaría de Santiago. Santiago, 16 de enero de 2023.