GQ AUDITORES CONSULTORES SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 6794-2022
- Notario
- LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ
- Oficio
- 20° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La presente sociedad tendrá una duración de 5 años a contar de la fecha de la presente escritura, renovables a su vencimiento en forma automática, tácita y sucesiva, y por períodos iguales, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos seis meses al final del período respectivo
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a don JUAN PABLO GONZALEZ JERIA y a doña JAZMIN CAROLINA MEZA OCARANZA, quienes actuando conjunta o separadamente, y anteponiendo a su nombre y firma la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, Notario Público de la 20° Notaria de Santiago, ubicada en Avenida Apoquindo 4990, Comuna de las Condes, Santiago, certifico: Que, por escritura publica hoy 22 de diciembre del año 2022, repertorio 6794-2022, ante mí JUAN PABLO GONZALEZ JERIA, C.I.N°13.769.074-8, domiciliado en Diego de Almagro 4.700 departamento 205, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; y JORGE LUIS QUILOBRÁN HERNANDEZ, C.I.N°13.919.931-6, con domicilio para estos efectos en Los Conquistadores Mil setecientos, piso catorce B, Torre Santa María, Comuna de Providencia, Santiago; los comparecientes en su calidad de únicos y actuales accionistas de la sociedad GQ AUDITORES CONSULTORES SpA, Rut 76.874.121-2, inscrita a fojas 34.179, N°18.021, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018 y publicado en el Diario Oficial el 12 de mayo de 2018, vienen en transformarla en una Sociedad de Responsabilidad Limitada cuyos estatutos se extractan: NOMBRE: El nombre o razón social será "GQ AUDITORES CONSULTORES LIMITADA" pudiendo actuar bajo el nombre de fantasía para todos lo efectos legales de “GQ AUDITORES CONSULTORES LTDA.”OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a)la prestación de toda clase de servicios profesionales, asesorías, consultorías, planificaciones y auditorías, en el área contable, financiera, comercial, jurídica y de negocio, a toda clase de personas, jurídicas o naturales, y entidades públicas o privadas; b) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías y capacitaciones a terceros, personas naturales o jurídicas, y entidades públicas o privadas; Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades e ingresar en ellas. ADMINISTRACIÓN: La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a don JUAN PABLO GONZALEZ JERIA y a doña JAZMIN CAROLINA MEZA OCARANZA, quienes actuando conjunta o separadamente, y anteponiendo a su nombre y firma la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades. CAPITAL: El capital social es la cantidad de $1.000.000.-, que los socios aportan y pagan a la caja social del modo siguiente: a) Don JUAN PABLO GONZALEZ JERIA aporta la cantidad de $990.000.-, esto es, el 99% del capital social y propiedad de la presente compañía, y se paga en dinero efectivo en este acto;b) Doña JORGE LUIS QUILOBRAN HERNADEZ aporta la cantidad de $10.000..-, esto es, el 1% restante del capital social y propiedad de la presente compañía y se paga en dinero efectivo en este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente pagado. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. DOMICILIO: Santiago. DURACIÓN: La presente sociedad tendrá una duración de 5 años a contar de la fecha de la presente escritura, renovables a su vencimiento en forma automática, tácita y sucesiva, y por períodos iguales, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos seis meses al final del período respectivo. Demás estipulaciones en escritura que se extracta. Santiago, 22 de diciembre de 2022.