ECHEVERRÍA Y FERNÁNDEZ ABOGADOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2022
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La Sociedad tendrá una duración de 5 años desde la celebración de la escritura pública de constitución, que se prorrogará automática y sucesivamente por iguales períodos si ninguno de los socios manifiesta por escrito a todos los socios su intención de no perseverar en el contrato de la sociedad con a lo menos treinta días de antelación al vencimiento de cada período
Objeto social
La Sociedad tiene por
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios de manera conjunta, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán y obligarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Alcántara 107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Certifico: por escritura pública otorgada con fecha 30 de diciembre de 2022, repertorio notarial N° 104.531, ante mí Suplente Benjamín Castillo Montalvo, los únicos y actuales accionistas de la sociedad “ECHEVERRÍA Y FERNÁNDEZ ABOGADOS SpA”, inscrita a fojas 99.548, N° 45.992 del año 2021 del Registro Comercio de Santiago, ISABEL ECHEVERRÍA DONOSO, por 50 acciones, y SEBASTIÁN IGNACIO FERNÁNDEZ DEL PINO, por 50 acciones, ambos domiciliados en Juan de Austria N° 1818, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, transformaron el tipo o especie social desde una Sociedad por Acciones a una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón social: “ECHEVERRÍA Y FERNÁNDEZ ABOGADOS LIMITADA” (la “Sociedad”), pudiendo usar también, como nombre de fantasía “E y F Abogados Ltda.” para efectos de publicidad, propaganda u operaciones de banco. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que establezca en otros lugares del país o fuera de él. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: a) La prestación, a través de sus socios asociados o dependientes, de servicios profesionales de asesoría jurídica, representación judicial, litigación, mediación, arbitraje, solución alternativa de controversias, peritajes, informes en derecho, y cualquier otro servicio profesional afín o relacionado. b) Prestación a través de sus socios asociados o dependientes, de servicios profesionales en el área de la docencia e investigación jurídica, así como de capacitación, formación e instrucción en el ámbito del derecho y otras disciplinas relacionadas. Capital: $1.000.000, que fue enterado y pagado de la siguiente manera: a) la socia Isabel Echeverría Donoso aporta la suma de $500.000, equivalente al 50% del capital, que se encuentra íntegramente enterada y pagada; y b) el socio Sebastián Ignacio Fernández del Pino aporta la suma de $500.000, equivalente al 50% del capital accionario, que se encuentra íntegramente enterada y pagada. De esta manera, el capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios de manera conjunta, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán y obligarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición. Duración: La Sociedad tendrá una duración de 5 años desde la celebración de la escritura pública de constitución, que se prorrogará automática y sucesivamente por iguales períodos si ninguno de los socios manifiesta por escrito a todos los socios su intención de no perseverar en el contrato de la sociedad con a lo menos treinta días de antelación al vencimiento de cada período. Los socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia del monto de sus aportes. Certifico además que he tenido a la vista el libro de accionistas en el que consta que los únicos accionistas al día 30 de diciembre de 2022 son: ISABEL ECHEVERRÍA DONOSO y SEBASTIÁN IGNACIO FERNÁNDEZ DEL PINO. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de enero de 2023.