MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Dieguez y Compañía Limitada

RUT 77218030-6 CVE 2258349
Capital
$1.000 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, IVAN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos numero 979, oficina Nº 501, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha hoy, ante mí, DON MARCIAL PATRICIO DIEGUEZ MORALES y don MARCIAL FELIPE DIÉGUEZ VERCELLINO, ambos domiciliados en calle Rosario Sur Nº91, oficina 401, comuna de Las Condes, Santiago, modificaron cláusula Quinta de los estatutos de la sociedad de responsabilidad limitada denominada “Dieguez y Compañía Limitada”, inscrita a fojas 22.395 Nº18.074 en el Registro de Comercio de Santiago del año 1998, en el siguiente sentido: se aumentó capital social desde la suma de $1.000.000 a la suma de $2.000.000, íntegramente suscrito y pagado por los socios en siguiente forma y proporción: a) Don Marcial Patricio Diéguez Morales, aporta y paga la suma de $1.000.000, equivalente al 50% del capital social, en la siguiente forma: Con la suma de $800.000.- pagados con anterioridad a este acto, al contado y en dinero en efectivo; El saldo, que asciende a la suma de $200.000, lo aporta y paga en este mismo acto, al contado y en dinero en efectivo. b) Don Marcial Felipe Diéguez Vercellino, aporta y paga la suma de $1.000.000, equivalente al 50% del capital social, en la siguiente forma: Con la suma de $200.000.- pagados con anterioridad a este acto, al contado y en dinero en efectivo; El saldo, que asciende a la suma de $800.000.-, lo aporta y paga en este mismo acto, al contado y en dinero en efectivo. La sociedad declara haber recibido a su entera satisfacción e ingresado a la caja social las sumas y aportes antes indicados, declarando íntegramente pagados todos los aportes comprometidos por los socios y otorgándoles la correspondiente cancelación. En todo lo no modificado, permanecen vigentes los estatutos de la sociedad. Santiago, 30 de diciembre de 2022.