MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Ayni SpA

RUT 77303505-9 CVE 2258133
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2022

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2022
Notario
Andrés Carlos Zavala Courriol
Oficio
Notaría número 29 de Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley N° 18.046

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Andrés Carlos Zavala Courriol, Notario Público Interino de la Notaría número 29 de Santiago, con oficio en calle Mac-Iver 225, oficina 302, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2022 otorgada ante mí, bajo el repertorio número 6.871-2022, Merkaba UK Limited, en su calidad de única y actual accionista de Ayni SpA, Rol Único Tributario número 77.303.505-9, según registro de accionistas que se tuvo a la vista, inscrita a fojas 8.179 número 3.597 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021, acordó, entre otras materias, lo siguiente: (i) Aprobar la fusión por incorporación de Amasia Green Management Investment SpA y Ayni Inversiones Chile SpA en Ayni SpA, adquiriendo Ayni SpA todos los activos y asumiendo todos los pasivos de dichas sociedades, sucediéndolas en todos sus derechos y obligaciones e incorporándose a Ayni SpA la totalidad del patrimonio de Amasia Green Management Investment SpA y de Ayni Inversiones Chile SpA, las que se disuelven, sin necesidad de liquidación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas; (ii) Atendido el hecho que la sociedad absorbente Ayni SpA es, a la fecha de la fusión, la única accionista de las sociedades absorbidas Amasia Green Management Investment SpA y Ayni Inversiones Chile SpA y que la inversión de aquella en éstas ya se encuentra considerada en el balance de Ayni SpA, se dejó constancia de que el acuerdo de fusión no producirá en consecuencia un aumento o variación del capital estatutario de Ayni SpA ni una modificación de sus estatutos sociales; y (iii) Dejar constancia que la fusión tendrá efectos a partir del 30 de diciembre de 2022. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se faculta al portador de extracto para su legalización. Santiago, 16 de enero de 2023.