MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

RENTAS E INVERSIONES LOS ARRAYANES SpA

RUT 77104648-7 CVE 2257512
Capital
$220.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de enero de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
5 de enero de 2023
Repertorio
239-2023
Notario
VERONICA TORREALBA COSTABAL
Oficio
Titular de la 33° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$220.000.000 CLP
Domicilio
La ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago
Duración
10 años, contados desde la fecha del presente instrumento público. Vencido que sea el plazo, éste se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por iguales períodos de 10 años cada uno. (6)

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: A) La inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, administrarlos y percibir sus frutos; B) La agencia o representación en Chile de empresas extranjeras, como de cualquiera otra comisión o mandato mercantil así como el desempeño de agencias o representaciones en el exterior de empresas o mandantes chilenos y)o extranjeros; C) La prestación de toda clase de servicios de asesoría, puesta en marcha y)o mantención, ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros; D) El arrendamiento y)o subarrendamiento de bienes Inmuebles amoblados; E) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento, administración, construcción, loteo, subdivisión o cualquier otra forma de explotación, sea por cuenta propia o ajena, de toda clase de inmuebles; y F) La realización de todas aquellas actividades que se relacionen directamente con las anteriores. Asimismo, la Sociedad podrá constituir o ingresar a toda clase de personas jurídicas, cualquiera sea su objeto o naturaleza. (4)

Administración

El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá individual e indistintamente a doña MARÍA ISABEL MARTÍNEZ-CONDE JARPA, don ARNOLDO DIONISIO MARTÍNEZ-CONDE y doña ISABEL EUGENIA DE FÁTIMA JARPA MORENO. (8) Responsabilidad: La

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular de la 33° Notaría de Santiago, Huérfanos N° 979, Of. 501, Santiago, certifica que: por Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 26 de diciembre de 2022, la cual se redujo a escritura pública con fecha 05 de enero de 2023, bajo el repertorio 239-2023, ante mí, MARÍA ISABEL MARTÍNEZ-CONDE JARPA, cédula de identidad número 16.357.881-6, y ARNOLDO MARTÍNEZ- CONDE BARRERA, cédula de identidad número 6.858.042-0,ambos domiciliados para estos efectos en Matías Cousiño número ciento cincuenta, oficina número seiscientos cuarenta y siete, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales accionistas, según consta en Registro de Accionistas que se tuvo a la vista por el notario que suscribe, de la sociedad por acciones denominada “RENTAS E INVERSIONES LOS ARRAYANES SpA” (en adelante la “Sociedad”), sociedad inscrita a fojas 82.291 número 40.451 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019 y publicada en el Diario Oficial con fecha 18 de octubre de 2019, acordaron transformar la Sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos se extractan: (1) Socios: María Isabel Martínez-Conde Jarpa, y don Arnoldo Dionisio Martínez-Conde Barrera, ambos domiciliados para estos efectos en Matías Cousiño número ciento cincuenta, oficina número seiscientos cuarenta y siete, comuna de Santiago, Región Metropolitana. (2) Razón Social: “RENTAS E INVERSIONES LOS ARRAYANES LIMITADA” sin perjuicio que podrá usar para fines comerciales, de propaganda y de toda otra índole, incluso ante bancos, el nombre de fantasía “LOS ARRAYANES LTDA.”. (3) Objeto: El objeto de la Sociedad será: A) La inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, administrarlos y percibir sus frutos; B) La agencia o representación en Chile de empresas extranjeras, como de cualquiera otra comisión o mandato mercantil así como el desempeño de agencias o representaciones en el exterior de empresas o mandantes chilenos y/o extranjeros; C) La prestación de toda clase de servicios de asesoría, puesta en marcha y/o mantención, ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros; D) El arrendamiento y/o subarrendamiento de bienes Inmuebles amoblados; E) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento, administración, construcción, loteo, subdivisión o cualquier otra forma de explotación, sea por cuenta propia o ajena, de toda clase de inmuebles; y F) La realización de todas aquellas actividades que se relacionen directamente con las anteriores. Asimismo, la Sociedad podrá constituir o ingresar a toda clase de personas jurídicas, cualquiera sea su objeto o naturaleza. (4) Domicilio: La ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. (5) Duración: 10 años, contados desde la fecha del presente instrumento público. Vencido que sea el plazo, éste se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por iguales períodos de 10 años cada uno. (6) Capital: $220.000.000, suscrito y aportado por los socios en la siguiente forma y proporción: i) doña María Isabel Martínez-Conde Jarpa, aportó la suma de $219.724.400.- pesos, representativo de aproximadamente del 99,8 por ciento del capital social, el que ha sido íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha; y, ii) don Arnoldo Dionisio Martínez-Conde Barrera, aportó la suma de $275.600.- pesos, representativo de aproximadamente del 0,2 por ciento del capital social, el que ha sido íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha. (7) Administración: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá individual e indistintamente a doña MARÍA ISABEL MARTÍNEZ-CONDE JARPA, don ARNOLDO DIONISIO MARTÍNEZ-CONDE y doña ISABEL EUGENIA DE FÁTIMA JARPA MORENO. (8) Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones se encuentran en escritura extractada. Santiago 05 de enero de 2023.-