MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES FCS SpA

RUT 77077102-1 CVE 2257985
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2022

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2022
Notario
Andrés Carlos Zavala Courriol
Oficio
Notaría número 29 de Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley N° 18.046

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Andrés Carlos Zavala Courriol, Notario Público Interino de la Notaría número 29 de Santiago, con oficio en calle Mac-Iver 225, oficina 302, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2022 otorgada ante mí, bajo el repertorio número 6.873-2022, María Francisca Cortés Solari, cédula nacional de identidad número 7.017.523-1, en su calidad de única y actual accionista de Inversiones FCS SpA, Rol Único Tributario número 77.077.102-1, según registro de accionistas que se tuvo a la vista, inscrita a fojas 76.919 número 37.803 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019, acordó, entre otras materias, lo siguiente: (i) Aprobar la fusión por incorporación de Cambio Elemental SpA en Inversiones FCS SpA, adquiriendo Inversiones FCS SpA todos los activos y asumiendo todos los pasivos de dicha sociedad, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones e incorporándose a Inversiones FCS SpA la totalidad del patrimonio de Cambio Elemental SpA, la que se disuelve, sin necesidad de liquidación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley N° 18.046, sobre Sociedades Anónimas; (ii) Atendido el hecho que la sociedad absorbente Inversiones FCS SpA es, a la fecha de la fusión, la única accionista de la sociedad absorbida Cambio Elemental SpA, y que la inversión de aquella en ésta ya se encuentra considerada en el balance de Inversiones FCS SpA, se dejó constancia de que el acuerdo de fusión no producirá en consecuencia un aumento o variación del capital estatutario de Inversiones FCS SpA ni una modificación de sus estatutos sociales; y (iii) Dejar constancia que la fusión tendrá efectos a partir del 30 de diciembre de 2022. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se faculta al portador de extracto para su legalización. Santiago, 16 de enero de 2023.