CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES DBA SpA

CVE 2257739
Capital
$4.311.880.928 CLP
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2022
Repertorio
34061-2022
Notario
FÉLIX JARA CADOT
Oficio
41° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.311.880.928 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FÉLIX JARA CADOT, Notario Público Titular, de la 41° Notaría de Santiago, ubicada en calle Huérfanos 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2022, Repertorio N° 34.061-2022, ante mí, INVERSIONES D’ANOIA LIMITADA, ALBRA SOCIEDAD ANÓNIMA, ASK ASESORÍAS Y SERVICIOS LIMITADA, INVERSIONES Y ASESORÍAS QUEULAT LIMITADA, e INVERSIONES Y AGRÍCOLA EAST CIRCLE DRIVE LIMITADA, en su calidad de únicos accionistas de INVERSIONES DBA SpA, acordaron sanear un vicio formal cometido en la constitución de la sociedad, otorgada por escritura pública de fecha 23 de junio de 2022, ante el Notario Público don Félix Jara Cadot, Titular de la 41ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 1160, subsuelo, Santiago, cuyo extracto se inscribió a fojas 68.869, N° 30.063, del Registro de Comercio de Santiago del año 2022, consistiendo el vicio de nulidad en que el capital social ascendente a la suma de $4.311.880.928, debía ser dividido en acciones de distintas series, y no en acciones ordinarias como consta en el instrumento constitutivo. Por lo anterior, es que, habiéndose emitido la cantidad de 4.311.880 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, se debieron emitir la cantidad de 1.533.089 acciones de la serie A, 1.255.964 acciones de la serie B, 355.083 acciones de la serie C, 486.639 acciones de la serie D, y 681.105 acciones de la serie E, todas nominativas y sin valor nominal. Como consecuencia de lo anterior, se sustituye el Artículo Quinto Permanente del estatuto social, por el siguiente: “QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de cuatro mil trescientos once millones ochocientos ochenta mil novecientos veintiocho pesos, divido en un millón quinientos treinta y tres mil ochenta y nueve acciones de la serie A, un millón doscientos cincuenta y cinco mil novecientos sesenta y cuatro acciones de la serie B, trescientas cincuenta y cinco mil ochenta y tres acciones de la serie C, cuatrocientos ochenta y seis mil seiscientas treinta y nueve acciones de la serie D, y seiscientas ochenta y un mil ciento cinco acciones de la serie E, todas nominativas y sin valor nominal. Las acciones serie A, en su totalidad, tendrán derecho a percibir y soportar, en carácter de dividendo o pérdida, según sea el caso, el treinta y cinco coma quinientos cincuenta y cinco por ciento del resultado que genere la compañía, distribuido dicho porcentaje a prorrata entre las acciones de dicha serie, y a ejercer igual porcentaje de derecho a voto en la adopción de decisiones en Juntas de Accionistas. Las acciones serie B, en su totalidad, tendrán derecho a percibir y soportar, en carácter de dividendo o pérdida, según sea el caso, el veintinueve coma ciento veintiocho por ciento del resultado que genere la compañía, distribuido dicho porcentaje a prorrata entre las acciones de dicha serie, y a ejercer igual porcentaje de derecho a voto en la adopción de decisiones en Juntas de Accionistas. Las acciones serie C, en su totalidad, tendrán derecho a percibir y soportar, en carácter de dividendo o pérdida, según sea el caso, el ocho coma doscientos treinta y cinco por ciento del resultado que genere la compañía, distribuido dicho porcentaje a prorrata entre las acciones de dicha serie, y a ejercer igual porcentaje de derecho a voto en la adopción de decisiones en Juntas de Accionistas. Las acciones serie D, en su totalidad, tendrán derecho a percibir y soportar, en carácter de dividendo o pérdida, según sea el caso, el once coma doscientos ochenta y seis por ciento del resultado que genere la compañía, distribuido dicho porcentaje a prorrata entre las acciones de dicha serie, y a ejercer igual porcentaje de derecho a voto en la adopción de decisiones en Juntas de Accionistas. Las acciones serie E, en su totalidad, tendrán derecho a percibir y soportar, en carácter de dividendo o pérdida, según sea el caso, el quince coma setecientos noventa y seis por ciento del resultado que genere la compañía, distribuido dicho porcentaje a prorrata entre las acciones de dicha serie, y a ejercer igual porcentaje de derecho a voto en la adopción de decisiones en Juntas de Accionistas. Los derechos de las acciones de la serie A, B, C, D y E, antes mencionada, permanecerán vigentes por el plazo de cincuenta años a contar de fecha de constitución de la Sociedad, luego de lo cual, pasarán a ser todas ordinarias, de una misma serie, nominativas, sin valor nominal. El derecho establecido respecto de las acciones de la serie A, B, C, D y E, antes mencionada, tiene por fundamento reconocer, desde un punto de vista de participación en los beneficios sociales y derecho a voto, el distinto valor unitario de colocación de la acción según cada serie A, B, C, D, o E, lo cual responde a una razón financiera de negocios en el marco de un proceso de reorganización empresarial. En consecuencia, el capital ha sido íntegramente suscrito y pagado, en la forma que se señala en el artículo Segundo Transitorio de estos Estatutos.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de diciembre de 2022. FELIX JARA CADOT N.P.