DISOLUCIÓN Sociedad Anónima

Inmobiliaria Terraoeste S.A.

RUT 76026790-2 CVE 2257871
Capital
$3.811.550 CLP
Fecha instrumento
4 de enero de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de enero de 2023
Repertorio
168/2023
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.811.550 CLP

Objeto social

OBJETO DE LA JUNTA. El señor Presidente manifestó que la Junta tenía por objeto someter a la consideración y aprobación de los señores accionistas las siguientes materias: A.- Acordar y aprobar la fusión por incorporación de la sociedad "INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A.", denominada “la absorbida”, en la sociedad "CONSTRUCTORA BDS S.A.", la absorbente o continuadora, con efecto a la fecha de la Junta de Accionistas de esta última, que acuerde y apruebe la fusión por incorporación. Como consecuencia de la fusión, la sociedad " CONSTRUCTORA BDS S.A." adquirirá todos los activos y asumirá todos los pasivos de la sociedad absorbida "INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A." sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones, e incorporándose a ella la totalidad del patrimonio de la segunda. B.- Aprobar los antecedentes que sirven de base para la fusión por absorción. El señor Presidente adelantó que se propone efectuar la fusión en base al Balance de INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A. al 30 de diciembre de dos mil veintidós. Del balance se desprende que el patrimonio neto de la sociedad asciende a la suma de $3.581.583.-, y está representado por las siguientes cuentas patrimoniales: i) Capital, $3.811.550.- ii) Revalorización del Capital, $506.936.-; iii) Resultados Acumulados, $1.493.053.409.-; iv) Dividendos Distribuidos, $1.491.560.595.-; v) Perdida del Ejercicio, $2.229.717.- Como consecuencia de la fusión, y de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo sesenta y nueve del Código Tributario, la absorbente “CONSTRUCTORA BDS S.A.” será responsable de todos los impuestos que pudieren adeudarse por la sociedad absorbida “INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A.”. Asimismo, se deja constancia que “CONSTRUCTORA BDS S.A.” mantendrá registrado el valor tributario que tenían los activos y pasivos de “INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A.”, conforme lo dispone el Artículo sesenta y cuatro del Código Tributario y la Circular número cuarenta y cinco del Servicio de Impuestos Internos, de fecha dieciséis de julio de dos mil uno

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaria de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 04 de enero de 2023, ante mi Suplente doña Karina Alejandra Flores Muñoz, repertorio 168/2023, se redujo a escritura pública, el Acta de la Cuarta Junta Extraordinaria de accionistas de INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A, celebrada el 30 de diciembre de 2022, en la cual se acordó por unanimidad Acordar y aprobar la fusión por incorporación de la sociedad "INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A.", denominada “la absorbida”, en la sociedad "CONSTRUCTORA BDS S.A.", la absorbente o continuadora, con efecto a la fecha de la Junta de Accionistas de esta última, que acuerde y apruebe la fusión por incorporación, se contiene en la escritura, de los cuales se extracta lo siguiente: Razón social: INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A”, será absorbida por “CONSTRUCTORA BDS S.A”. Objeto: OBJETO DE LA JUNTA. El señor Presidente manifestó que la Junta tenía por objeto someter a la consideración y aprobación de los señores accionistas las siguientes materias: A.- Acordar y aprobar la fusión por incorporación de la sociedad "INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A.", denominada “la absorbida”, en la sociedad "CONSTRUCTORA BDS S.A.", la absorbente o continuadora, con efecto a la fecha de la Junta de Accionistas de esta última, que acuerde y apruebe la fusión por incorporación. Como consecuencia de la fusión, la sociedad " CONSTRUCTORA BDS S.A." adquirirá todos los activos y asumirá todos los pasivos de la sociedad absorbida "INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A." sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones, e incorporándose a ella la totalidad del patrimonio de la segunda. B.- Aprobar los antecedentes que sirven de base para la fusión por absorción. El señor Presidente adelantó que se propone efectuar la fusión en base al Balance de INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A. al 30 de diciembre de dos mil veintidós. Del balance se desprende que el patrimonio neto de la sociedad asciende a la suma de $3.581.583.-, y está representado por las siguientes cuentas patrimoniales: i) Capital, $3.811.550.- ii) Revalorización del Capital, $506.936.-; iii) Resultados Acumulados, $1.493.053.409.-; iv) Dividendos Distribuidos, $1.491.560.595.-; v) Perdida del Ejercicio, $2.229.717.- Como consecuencia de la fusión, y de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo sesenta y nueve del Código Tributario, la absorbente “CONSTRUCTORA BDS S.A.” será responsable de todos los impuestos que pudieren adeudarse por la sociedad absorbida “INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A.”. Asimismo, se deja constancia que “CONSTRUCTORA BDS S.A.” mantendrá registrado el valor tributario que tenían los activos y pasivos de “INMOBILIARIA TERRAOESTE S.A.”, conforme lo dispone el Artículo sesenta y cuatro del Código Tributario y la Circular número cuarenta y cinco del Servicio de Impuestos Internos, de fecha dieciséis de julio de dos mil uno. Demás estipulaciones, constan de escritura social. Demás acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 19 de enero de 2023.