FEUERHAKE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de enero de 2023
- Repertorio
- 137/2023
- Comuna
- Providencia
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 6 de enero 2023, ante mí, Repertorio 137/2023: don WALTER RICARDO FEUERHAKE MOLINA; don OSCAR ENRIQUE FEUERHAKE MOLINA; y don MAXIMILIANO WALTER FEUERHAKE RODRIGUEZ, todos domiciliados para estos efectos en La Perouse número cinco mil cuatrocientos setenta y uno, comuna de Vitacura, Santiago, modificaron la sociedad FEUERHAKE LIMITADA, rol único tributario número setenta y ocho millones quinientos un mil doscientos ochenta guión uno, constituida por escritura pública de fecha primero de diciembre del año mil novecientos noventa y tres otorgada en la notaria de Santiago de don Eduardo Pinto Peralta, inscrita a fojas veintiocho mil siete número veintitrés mil cuarenta y nueve del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año mil novecientos noventa y tres, en lo siguiente: 1) don MAXIMILIANO WALTER FEUERHAKE RODRIGUEZ, cede a don WALTER RICARDO FEUERHAKE MOLINA, el cincuenta y nueve por ciento de los derechos sociales, en la suma de dos millones quinientos noventa y ocho mil cuarenta y cinco pesos; 2) don MAXIMILIANO WALTER FEUERHAKE RODRIGUEZ, se retira de la sociedad cediendo a don OSCAR ENRIQUE FEUERHAKE MOLINA, el uno por ciento de los derechos sociales, en la suma de cuarenta y cuatro mil treinta y cinco pesos.- Como consecuencia de las cesiones referidas, la sociedad queda integrada por don WALTER RICARDO FEUERHAKE MOLINA, con un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales; y por don OSCAR ENRIQUE FEUERHAKE MOLINA, con un uno por ciento de los derechos sociales, quienes acuerdan introducir la siguiente modificación al estatuto social.- CUATRO.- Reemplazan la cláusula cuarta del pacto social, por la siguiente: "Cuarto.- El capital de la sociedad es la suma de tres millones de pesos que los socios enteran y pagan de la siguiente manera: a) don WALTER RICARDO FEUERHAKE MOLINA, aporta la suma de dos millones novecientos setenta mil pesos, ya enterados en dinero efectivo a la sociedad, equivalentes a un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales; y b) don OSCAR ENRIQUE FEUERHAKE MOLINA aporta la suma de treinta mil pesos, ya enterados en dinero efectivo a la sociedad, equivalentes al uno por ciento de los derechos sociales”.- En lo no modificado, rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en las escrituras anteriores, especialmente en cuanto dice relación con la responsabilidad de los socios la que queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Santiago, 6 de enero de 2023.-cr