CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MERV INVERSIONES SpA

CVE 2256898
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de enero de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
17 de enero de 2023
Repertorio
275/2023
Notario
LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ
Oficio
Vigésima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

a) La compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces por cuenta propia o mandato de tercero. El desarrollo, ejecución, promoción, implementación de todo tipo de proyectos inmobiliarios; b) Realización de inversiones en toda clase de bienes, sean estos muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derecho de todo tipo de sociedades, bonos, efectos de comercio, y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos ya sea en Chile y el extranjero por cuenta propia y ajena; c) El desarrollo, ejecución, promoción, implementación de todo tipo de proyectos inmobiliarios; d) Realizar cualquiera otro negocio o actividad que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; e) Realizar todos los actos que sean necesarios para cumplir con el giro social; y f) En general, todo lo que esté actual o en el futuro relacionado con estas actividades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, Notario Público Titular de la Vigésima Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número cuatro mil novecientos noventa, Las Condes. Certifico que: Por escritura pública de fecha 17 de enero de 2023, Repertorio N°275/2023, ante mí, don ERNESTO ALEJANDRO OJEDA SILVA, doña MARÍA ELENA PROSCHLE BUSTOS, don ROBERTO ESTEBAN OJEDA PROSCHLE, y doña VIVIANA DANAE OJEDA PROSCHLE, todos con domicilio en Presidente Balmaceda N°717, comuna de Estación Central, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones. - NOMBRE: “MERV INVERSIONES SpA”. -. DOMICILIO: Santiago. - DURACIÓN: Indefinida. OBJETO: a) La compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces por cuenta propia o mandato de tercero. El desarrollo, ejecución, promoción, implementación de todo tipo de proyectos inmobiliarios; b) Realización de inversiones en toda clase de bienes, sean estos muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derecho de todo tipo de sociedades, bonos, efectos de comercio, y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos ya sea en Chile y el extranjero por cuenta propia y ajena; c) El desarrollo, ejecución, promoción, implementación de todo tipo de proyectos inmobiliarios; d) Realizar cualquiera otro negocio o actividad que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; e) Realizar todos los actos que sean necesarios para cumplir con el giro social; y f) En general, todo lo que esté actual o en el futuro relacionado con estas actividades. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, el que se suscribe y paga: don Ernesto Alejandro Ojeda Silva, suscribe y paga 510 acciones ordinarias, sin valor nominal, equivalentes a la suma de $510.000.-,; doña María Elena Proschle Bustos, suscribe y paga 190 acciones ordinarias, sin valor nominal equivalentes a la suma de $190.000.-; don Roberto Esteban Ojeda Proschle, suscribe y paga 150 acciones ordinarias, sin valor nominal, equivalentes a la suma de $150.000.-; y doña Viviana Danae Ojeda Proschle, suscribe y paga 150 acciones ordinarias, sin valor nominal, equivalentes a $150.000.- todos pagados en dinero en efectivo ingresando a la caja social. -ADMINISTRADOR: La sociedad será administrada por un Gerente General, designando en los estatutos a don ERNESTO ALEJANDRO OJEDA SILVA, quien representará a la sociedad con las atribuciones establecidas en el artículo décimo tercero de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 17 de enero de 2023.