MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORTADORA Y EXPORTADORA JARTECH LIMITADA

RUT 76852886-1 CVE 2256550
Fecha instrumento
9 de marzo de 2018
Notaría
Iquique

Instrumento

Fecha
9 de marzo de 2018
Notario
FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF
Oficio
Primera Notaria de Iquique
Comuna
Iquique

Objeto social

Además podrán actuar, como usuarios de los Sistemas de Zonas Francas y)o regímenes de excepción aduanero, sean éstas que se encuentren dentro del país o en el extranjero.-“.- y la cláusula cuarta en el sentido que la administración sociedad y uso razón social corresponderá única y exclusivamente al socio, Don EFRAIN ALARCON MARTINEZ, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representará y obligará, con las más amplias facultades. En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes estipulaciones pacto social primitivo,

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaria de Iquique, Aníbal Pinto 555, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí: Don EFRAIN ALARCON MARTINEZ, domiciliado en calle Juan Martínez número 1870, Iquique; don DANIEL ALARCON ROMERO, domiciliado en calle Juan Martínez número 1870, Iquique; y Don CRISTIAN ESTEBAN FLORES AVARIA, domiciliado en calle El Carmelo número 3436, Iquique; modifican sociedad “IMPORTADORA Y EXPORTADORA JARTECH LIMITADA” O “JARTECH LTDA.”, constituida por escritura pública de 9 de Marzo del año 2018, repertorio número 1082, otorgada ante Don RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA, Notario Público Suplente de la Titular Doña MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, cuyo extracto fue inscrito a fojas 354 vuelta número 241, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2018, y debidamente publicada en el Diario Oficial de la República de Chile. Sentido que, el socio Don CRISTIAN ESTEBAN FLORES AVARIA, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos y acciones que equivalen al 1% por ciento del haber total social a Don DANIEL ALARCON ROMERO, quien, compra, acepta y adquiere para sí, el 1% de los derechos y acciones en la sociedad, Modificación social expresada, sociedad “IMPORTADORA Y EXPORTADORA JARTECH LIMITADA” O “JARTECH LTDA.”, queda constituida por sus 2 únicos socios: Don EFRAIN ALARCON MARTINEZ, dueño del 51% derechos y acciones en la sociedad. Y Don DANIEL ALARCON ROMERO, dueño del 49% derechos y acciones en la sociedad. Actuales socios modifican cláusula segunda del pacto social primitivo, sentido que “SEGUNDO: El objeto de la sociedad, será: La importación y exportación, compra y venta, comisión y consignación por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes especialmente de electrónicos, fantasías, regalos, juguetes, ropas, telas, vestuario, calzados, lozas, electrodomésticos, abarrotes, lácteos, productos agrícolas, frutícolas, bebidas y en general todo tipo de productos alimenticios frescos, congelados, enlatados, ya sean naturales, secos o procesados, perecibles y no perecibles; distribución y representación de firmas nacionales o extranjeras; la fabricación, envasado, importación, exportación, comercialización y distribución de toda clase de artículos de belleza, cosméticos en general, artículos de limpieza, higiene y aseo doméstico e industrial, detergentes en polvo y líquidos, y toda clase de artículos relacionados con los anteriores; productos propios y derivados del carbón vegetal, en general artículos para el hogar, oficina e industria; toda otra actividad que los socios acordaren estén directa, indirecta o no relacionadas con las actividades antes relacionadas, la realización de todas o algunas de las operaciones que el Decreto Ley mil cincuenta y cinco y sus modificaciones permite a los usuarios de las Zonas Francas, sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá asociarse en participación, efectuar inversiones en cooperativas o sociedad de cualquier naturaleza u objeto. Además podrán actuar, como usuarios de los Sistemas de Zonas Francas y/o regímenes de excepción aduanero, sean éstas que se encuentren dentro del país o en el extranjero.-“.- y la cláusula cuarta en el sentido que la administración sociedad y uso razón social corresponderá única y exclusivamente al socio, Don EFRAIN ALARCON MARTINEZ, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representará y obligará, con las más amplias facultades. En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes estipulaciones pacto social primitivo, Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, a 21 Diciembre 2022.