IMPORTADORA C&V TRUCK & PARTS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de enero de 2023
- Repertorio
- 205/2023
- Notario
- EXTRACTO. Luis Eduardo Rodríguez Burr
- Domicilio
- Santiago
- Comuna
- Providencia
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Santiago, Titular Primera Notaría Providencia, Av. Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada el 10 de Enero de 2023, ante mí, Repertorio N° 205/2023, GUSTAVO ARSENIO SOLAR JIMENEZ, domiciliado en Américo Vespucio 1463, Quilicura, y doña MARIA ANGELICA SOLAR JIMENEZ, domiciliada en Los Acacios 1315, Renca, sanearon de acuerdo Ley 19.499, por no haber sido publicado el extracto de la modificación de la sociedad IMPORTADORA C&V TRUCK & PARTS LIMITADA, Rut Nº 77.399.040-9, otorgada el 20 de Noviembre de 2018 ante don Luis Eduardo Rodríguez Burr, Notario Titular de la Primera Notaría de Renca, domiciliado en Avenida Domingo Santa María 3629, Renca, inscrita a fojas 1194 vuelta Nº 776 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique del año 2019, no habiendo sido publicado en el Diario Oficial, saneada por escritura pública de fecha 3 de Julio de 2019 ante el Notario Titular de la Primera Notaría de Renca don Luis Eduardo Rodríguez Burr, inscrita a fojas 1195 vuelta Nº 777 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique del año 2019, la que tampoco fue publicada en el Diario Oficial. La sociedad fue constituida por escritura pública de fecha 28 de Enero de 2000 otorgada ante don Ricardo Barra Fuenzalida, notario suplente del titular de Iquique don Jorge Agurto Chamorro, inscrita a fojas 87 vuelta Nº 63 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique del año 2000. En el extracto de la modificación se incurrió en un error al indicar que la inscripción de la constitución de la sociedad se encuentra inscrita a fojas 87 vuelta Nº 63 del Registro de Comercio de Iquique del año 2010 cuando el año de inscripción es el 2000. Asimismo en el extracto indicado se omitió el segundo nombre del socio GUSTAVO ARSENIO SOLAR JIMENEZ. En consecuencia el extracto de la modificación de la sociedad de fecha 20 de Noviembre de 2018 ante don Luis Eduardo Rodríguez Burr, Notario Titular de la Primera Notaría de Renca, es del siguiente tenor: “EXTRACTO. Luis Eduardo Rodríguez Burr, Notario Público de Santiago, Titular de la Primera Notaría de Renca, Avenida Domingo Santa María tres mil seiscientos veintinueve, Comuna de Renca, CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí: CLAUDE YVON LACHANCE, VERONICA DEL CARMEN SOLAR JIMENEZ, MARIA ANGELICA SOLAR JIMENEZ, todos domiciliados en Los Acacios número mil trescientos quince, Renca, Región Metropolitana, y GUSTAVO SOLAR JIMENEZ, Américo Vespucio mil cuatrocientos sesenta y tres, Quilicura, Región Metropolitana, modifican sociedad "IMPORTADORA C&V TRUCK & PARTS LIMITADA", constituida el veintiocho de Enero de dos mil, por los dos primeros, cuyo extracto se inscribió a fojas ochenta y siete vuelta número sesenta y tres, Registro de Comercio Iquique año dos mil diez, correctamente publicado en el Diario Oficial, La modificación es del siguiente tenor: CLAUDE YVON LACHANCE, vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos en la sociedad, ascendentes al cincuenta por ciento del capital social, de la siguiente manera: a) el noventa y nueve por ciento de estos derechos a GUSTAVO SOLAR JIMENEZ, quien los compró, aceptó y adquirió para sí, en seis millones novecientos treinta mil pesos; contado y b) el uno por ciento restante a MARIA ANGELICA SOLAR JIMENEZ, quien los compró, aceptó y adquirió para sí, en setenta mil pesos contado, VERONICA DEL CARMEN SOLAR JIMENEZ, vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos en la sociedad, ascendentes al cincuenta por ciento del capital social, de la siguiente manera: a) el noventa y nueve por ciento de estos derechos a GUSTAVO SOLAR JIMENEZ, quien los compró, aceptó y adquirió para sí, en seis millones novecientos treinta mil pesos, contado; y b) el uno por ciento restante a MARIA ANGELICA SOLAR JIMENEZ, quien los compró, aceptó y adquirió para sí, en setenta mil pesos, contados. En virtud de cesiones referidas, quedaron como únicos socios GUSTAVO SOLAR JIMENEZ, con noventa y nueve por ciento de derechos y acciones en haber social, y; MARIA ANGELICA SOLAR JIMENEZ, con un uno por ciento de derechos y acciones en haber social, quienes introducen las siguientes modificaciones al pacto social. Asimismo, administración y uso de razón social corresponderá a don GUSTAVO SOLAR JIMENEZ con las facultades descritas en la escritura de constitución social y que rige en lo no modificado". Santiago, veinte de Noviembre de dos mil dieciocho”.Santiago, 10 de Enero de 2023.