CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Farmacias Cruz Verde Dos SpA

CVE 2257058
Capital
$1.464.623 CLP
Fecha instrumento
20 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de diciembre de 2022
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.464.623 CLP

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) La explotación comercial, administración y operación de farmacias, droguerías, almacenes farmacéuticos, botiquines, depósitos de productos farmacéuticos, enfermerías y establecimientos de comercio, sea por cuenta propia o ajena; b) La importación, exportación, fabricación, elaboración, distribución y comercialización de cualquier clase de mercaderías, productos y materias primas del ramo de la industria y del comercio farmacéutico, perfumería y cosmético; artículos y accesorios relacionados y, en general, artículos producidos por los laboratorios y artículos de venta usual en establecimientos farmacéuticos y demás destinados a la protección, conservación y recuperación de la salud; de productos similares de otras industrias, en especial mediante la comercialización al detalle de productos alimenticios y otros productos que se expendan al detalle en supermercados, minimarkets o autoservicios, en cualquiera de sus formas, sea por cuenta propia o ajena; y de todo tipo de artículos, mercancías y otros bienes muebles de cualesquier naturaleza, al por menor o al por mayor; c) La importación, exportación, adquisición, comercialización y arrendamiento, con o sin promesa de venta, de toda clase de equipos, elementos y soportes destinados a habilitación, instalación y explotación comercial de farmacias, droguerías, almacenes farmacéuticos, botiquines, depósitos de productos farmacéuticos, enfermerías y demás relacionados y, en general de establecimientos de comercio cuyos giros sean similares o complementarios a los indicados; d) La prestación de servicios y asesorías, por cuenta propia o ajena destinados a: la habilitación, instalación, explotación y operación de farmacias, droguerías, almacenes farmacéuticos, botiquines, depósitos de productos farmacéuticos, enfermerías, transporte y carga de productos relacionados o, establecimientos de comercio cuyos giros sean similares o complementarios a los indicados; la prestación de servicios o explotación comercial de productos en línea, sistemas y equipos para la información y comunicación, entre otros, servicios de recaudación y envíos de toda clase de cuentas de empresas de servicios, de transferencias de dinero y productos, de venta y post-venta, de pago de premios provenientes de ofertas y promociones y cualesquiera otros que se puedan ofrecer a través de sistemas computacionales en línea y demás relacionados; la prestación de servicios o explotación comercial de servicios postales, en su forma más amplia, sea a través de la administración, concesión o explotación de franqueos, casillas, correspondencia y demás relacionados; y, la prestación de servicios o explotación comercial de productos de publicidad y de propaganda de todo tipo y toda forma actual o futura de comunicar o promocionar productos o servicios; e) La inversión en bienes inmuebles en todas sus formas, la explotación de los mismos, la proyección y realización de toda clase de negocios y proyectos inmobiliarios; f) La inversión en acciones, derechos sociales, bonos, y en valores mobiliarios en general; g) La representación de firmas nacionales y)o extranjeras relacionadas con el objeto de la sociedad y, el otorgamiento o aceptación de concesiones relacionadas a los rubros y servicios señalados; h) La venta de bonos médicos, bonos digitales y la gestión de transacciones telemáticas en general; i) Para la consecución de sus objetos la sociedad podrá celebrar toda suerte de actos y contratos y constituir sociedades, asociaciones, personas-jurídicas y comunidades de toda clase

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 20 de diciembre de 2022, repertorio número 35.373/2022, otorgada ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de Farmacias Cruz Verde SpA celebrada el 20 de diciembre de 2022, en la que se acordó la división de Farmacias Cruz Verde SpA en dos sociedades, una que subsiste, continuadora de la actual, y una nueva sociedad, que nace producto de la división, cuyo nombre es “Farmacias Cruz Verde Dos SpA” (la “Sociedad”) y su único accionista es Socofar S.A., de cuyos estatutos se extracta: Nombre: Farmacias Cruz Verde Dos SpA Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) La explotación comercial, administración y operación de farmacias, droguerías, almacenes farmacéuticos, botiquines, depósitos de productos farmacéuticos, enfermerías y establecimientos de comercio, sea por cuenta propia o ajena; b) La importación, exportación, fabricación, elaboración, distribución y comercialización de cualquier clase de mercaderías, productos y materias primas del ramo de la industria y del comercio farmacéutico, perfumería y cosmético; artículos y accesorios relacionados y, en general, artículos producidos por los laboratorios y artículos de venta usual en establecimientos farmacéuticos y demás destinados a la protección, conservación y recuperación de la salud; de productos similares de otras industrias, en especial mediante la comercialización al detalle de productos alimenticios y otros productos que se expendan al detalle en supermercados, minimarkets o autoservicios, en cualquiera de sus formas, sea por cuenta propia o ajena; y de todo tipo de artículos, mercancías y otros bienes muebles de cualesquier naturaleza, al por menor o al por mayor; c) La importación, exportación, adquisición, comercialización y arrendamiento, con o sin promesa de venta, de toda clase de equipos, elementos y soportes destinados a habilitación, instalación y explotación comercial de farmacias, droguerías, almacenes farmacéuticos, botiquines, depósitos de productos farmacéuticos, enfermerías y demás relacionados y, en general de establecimientos de comercio cuyos giros sean similares o complementarios a los indicados; d) La prestación de servicios y asesorías, por cuenta propia o ajena destinados a: la habilitación, instalación, explotación y operación de farmacias, droguerías, almacenes farmacéuticos, botiquines, depósitos de productos farmacéuticos, enfermerías, transporte y carga de productos relacionados o, establecimientos de comercio cuyos giros sean similares o complementarios a los indicados; la prestación de servicios o explotación comercial de productos en línea, sistemas y equipos para la información y comunicación, entre otros, servicios de recaudación y envíos de toda clase de cuentas de empresas de servicios, de transferencias de dinero y productos, de venta y post-venta, de pago de premios provenientes de ofertas y promociones y cualesquiera otros que se puedan ofrecer a través de sistemas computacionales en línea y demás relacionados; la prestación de servicios o explotación comercial de servicios postales, en su forma más amplia, sea a través de la administración, concesión o explotación de franqueos, casillas, correspondencia y demás relacionados; y, la prestación de servicios o explotación comercial de productos de publicidad y de propaganda de todo tipo y toda forma actual o futura de comunicar o promocionar productos o servicios; e) La inversión en bienes inmuebles en todas sus formas, la explotación de los mismos, la proyección y realización de toda clase de negocios y proyectos inmobiliarios; f) La inversión en acciones, derechos sociales, bonos, y en valores mobiliarios en general; g) La representación de firmas nacionales y/o extranjeras relacionadas con el objeto de la sociedad y, el otorgamiento o aceptación de concesiones relacionadas a los rubros y servicios señalados; h) La venta de bonos médicos, bonos digitales y la gestión de transacciones telemáticas en general; i) Para la consecución de sus objetos la sociedad podrá celebrar toda suerte de actos y contratos y constituir sociedades, asociaciones, personas-jurídicas y comunidades de toda clase. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de 1.464.623 pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, de única serie, nominativas y sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes. El capital de la Sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado de conformidad al artículo Segundo Transitorio de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador este extracto para legalización. Santiago, 18 de enero de 2023.