MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ESTRUCTURAS METÁLICAS ARANGUIZ Y VALENZUELA LIMITADA

RUT 76441140-4 CVE 2256801
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
15 de diciembre de 2005
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de diciembre de 2005
Notario
EUGENIO CAMUS MESA
Domicilio
Puente Alto
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP
Ley aplicable
Ley N°20.494.

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EUGENIO CAMUS MESA, Notario Público Puente Alto, Balmaceda 403, certifica escritura hoy, ante mí, SOLEDAD ADRIANA VALENZUELA ÁLVAREZ y BRAULIO ALFONSO ARANGUIZ VALENZUELA, ambos domiciliados Olivar N°2806, comuna de La Pintana.- La sociedad “ESTRUCTURAS METÁLICAS ARANGUIZ Y VALENZUELA LIMITADA”, fue constituida 15/12/2005, ante JULIO GARCÍA ENCINA, Suplente de JAIME MORANDÉ ORREGO, Not Pub 17a Notaria Santiago, inscribió Reg Comer CBR SAN MIGUEL, Fj. 436, Nº311, 2005; Diario Oficial 10/01/2006. Con posterioridad, fue modificada 22/12/2020 otorgada en esta notaría, no inscribió Reg Comer CBR San Miguel; Diario Oficial 28/12/2020.- RESCILIACION: Rescilian y dejan sin efecto, modificación anterior, que corresponde a escritura de fecha 22/12/2020 otorgada en esta notaría, Rep 2904, la que no se inscribió en el Reg Comer CBR San Miguel; y fue publicada en Diario Oficial 28/12/2020.- MODIFICACION: I) Producto de fallecimiento de socio SERGIO MANUEL ALFONSO ARANGUIZ QUINTANILLA, según Posesión Efectiva otorgada con fecha 06/12/18 concedida por resolución exenta del Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, inscrita bajo el N°58.123, en el Registro de Posesiones Efectivas del Servicio de Registro Civil e Identificación del año 2018, la sociedad queda conformada por A) SOLEDAD ADRIANA VALENZUELA ÁLVAREZ, con 99% de los derechos en el capital social. y B) BRAULIO ALFONSO ARANGUIZ VALENZUELA, con 1% de los derechos sobre el capital social.- II) Administración, representación legal y uso de la razón social SOLEDAD ADRIANA VALENZUELA ÁLVAREZ, mismas facultades mencionadas en el estatuto.- En atención a lo anterior, se revoca en este acto todos los poderes que en el pacto social se le habían conferido a los anteriores socios o administradores.- Capital $5.000.000 acreditado ante el notario que autoriza para efectos de la Ley N°20.494.- Demás estipulaciones escritura social extractada. Puente Alto, 18 de Enero del 2023. Rep. N°0128.- CAPITAL ACREDITADO SOLO PARA EFECTOS DE LEY N°20.494: $5.000.000.