MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

EMPRESA CONSTRUCTORA MACAR LIMITADA

RUT 96500050-K CVE 2257158
Fecha instrumento
22 de noviembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de noviembre de 2022
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAURICIO HUMBERTO REINOSO CIFUENTES, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública otorgada, ante el titular, con fecha 22 de noviembre de 2022, don Alejandro José Sauma Hananías, don Miguel Alberto Sauma Hananías, Inmobiliaria Promash SpA, don Ramón Víctor Sauma Hananías, Inmobiliaria Poza de las Perdices Limitada, don Carlos Elías Sauma Hananías e Inversiones Sauma Limitada, todos domiciliados para estos efectos en Pasaje Inducentro N°275, oficina 901, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, modificaron EMPRESA CONSTRUCTORA MACAR LIMITADA, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 16.329, N°8.468 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1985,en el siguiente sentido: (1) Dejando constancia del traspaso del 100% de los derechos de la Sociedad de propiedad de Inmobiliaria El Litre Limitada, ascendentes a aproximadamente 23,58% del capital e interés social, a la sociedad Inmobiliaria Promash SpA, producto de la fusión por absorción de la primera de éstas en la segunda. Dicha fusión consta de escritura pública otorgada con fecha 1 de junio de 2022 en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, cuyos extractos fueron inscritos a fojas 51.481, número 23.001 y fojas 51.629, número 23.078, ambas del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022. (2) Como consecuencia de lo anterior, los comparecientes declararon aceptar el retiro de Inmobiliaria El Litre Limitada como socio de la Sociedad, y el ingreso de Inmobiliaria Promash SpA en su reemplazo. (3) Los actuales y únicos socios de la Sociedad acordaron reemplazar el artículo quinto de los estatutos de la Sociedad, por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de ciento setenta y cinco millones quinientos cincuenta y cuatro mil quinientos setenta y dos pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: a) Don ALEJANDRO JOSÉ SAUMA HANANÍAS, aporta la suma de cuarenta y tres millones ochocientos ochenta y ocho mil seiscientos cuarenta y tres pesos, equivalente al veinticinco por ciento del capital social; b) INVERSIONES SAUMA LIMITADA, aporta la suma de cuarenta y un millones trescientos ochenta y ocho mil seiscientos cuarenta y tres pesos, equivalente al veintitrés coma cincuenta y ocho del capital social; c) INMOBILIARIA POZA DE LAS PERDICES LIMITADA, aporta la suma de cuarenta y un millones trescientos ochenta y ocho mil seiscientos cuarenta y tres pesos, equivalente al veintitrés coma cincuenta y ocho por ciento del capital social; d) INMOBILIARIA PROMASH SpA, aporta la suma de cuarenta y un millones trescientos ochenta y ocho mil seiscientos cuarenta y tres pesos, equivalente al veintitrés coma cincuenta y ocho por ciento del capital social; e) Don RAMÓN VÍCTOR SAUMA HANANÍAS, aporta la suma de dos millones quinientos mil pesos, equivalentes al uno coma cuarenta y dos por ciento del capital social; f) Don CARLOS ELÍAS SAUMA HANANÍAS, aporta la suma de dos millones quinientos mil pesos, equivalente al uno coma cuarenta y dos por ciento del capital social; y, g) Don MIGUEL ALBERTO SAUMA HANANÍAS, aporta la suma de dos millones quinientos mil pesos, equivalente al uno coma cuarenta y dos por ciento del capital social.”. En todo lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales de la Sociedad, en especial en cuanto a la limitación de la responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de enero de 2023.