MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DR. EDUARDO VILLASECA Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 77799490-5 CVE 2257017
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2022
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2022
Repertorio
7255/2022
Comuna
Providencia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN FERNANDO ROMERO RIQUELME, abogado, Notario Santiago, Suplente del Titular de la Primera Notaría de Providencia, don Luis Eduardo Rodríguez Burr, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 29 de diciembre de 2022, ante mí, Repertorio 7255/2022: don EDUARDO JAVIER VILLASECA DELANO; doña JIMENA CAMILA VILLASECA SILVA; don ANDRES EDUARDO VILLASECA CONSTANTINESCU por sí y en representación de don TOMAS ALFREDO VILLASECA CONSTANTINESCU, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Providencia número trescientos sesenta y cinco, oficina catorce, Providencia, modificaron la sociedad DR. EDUARDO VILLASECA Y COMPAÑÍA LIMITADA", rol único tributario número setenta y siete millones setecientos noventa y nueve mil cuatrocientos noventa guion cinco, constituida por escritura pública de fecha uno de Julio del año dos mil dos, otorgada ante el Notario de Santiago don Camilo Valenzuela Riveros, inscrita a fojas dieciocho mil setecientos trece número quince mil trescientos sesenta y uno del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil dos, en lo siguiente: 1) doña JIMENA CAMILA VILLASECA SILVA, se retira de la sociedad cediendo a don EDUARDO JAVIER VILLASECA DELANO, el cuarenta por ciento de los derechos sociales en la suma de ochocientos sesenta y tres mil setecientos cincuenta y dos pesos; 2) don TOMAS ALFREDO VILLASECA CONSTANTINESCU, se retira de la sociedad cediendo a don ANDRES EDUARDO VILLASECA CONSTANTINESCU el diez por ciento de los derechos sociales, en la suma de doscientos quince mil novecientos treinta y ocho pesos.- Como consecuencia de las cesiones referidas, la sociedad queda integrada por don EDUARDO JAVIER VILLASECA DELANO, con un ochenta por ciento de los derechos sociales; y por don ANDRES EDUARDO VILLASECA CONSTANTINESCU con un veinte por ciento de los derechos sociales, quienes acuerdan introducir la siguiente modificación al estatuto social.- 3) Reemplazan la cláusula quinta del pacto social, por la siguiente: "Quinta.- El capital de la sociedad es la suma de quinientos mil pesos que los socios enteran y pagan de la siguiente manera: a) don EDUARDO JAVIER VILLASECA DELANO, aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, ya enterados en dinero efectivo a la sociedad, equivalentes a un ochenta por ciento de los derechos sociales; y b) don ANDRES EDUARDO VILLASECA CONSTANTINESCU aporta la suma de cien mil pesos, ya enterados en dinero efectivo a la sociedad, equivalentes al veinte por ciento de los derechos sociales”.- En lo no modificado, rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en las escrituras anteriores, especialmente en cuanto dice relación con la responsabilidad de los socios la que queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Santiago, 29 de diciembre del año 2022.-cr.