CQ ESTUDIO SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de diciembre de 2022
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente en forma conjunta o separada a don AGUSTÍN QUIROGA PRIETO y don PEDRO FELIPE CASTRO ARROYO quienes, anteponiendo su firma a la razón social obligarán y representarán a la Sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y en especial anteponiendo su firma a la razón social obligarán y representarán a la Sociedad con las facultades señaladas en los Estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34ª Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda Nº359, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 14 de diciembre de 2022 y por escritura pública de fecha 13 de enero de 2023, ante mí, se redujo, respectivamente, el Acta de Primera Junta Extraordinaria de Accionistas y el Acta de Segunda Junta Extraordinaria de Accionistas que rectifica y complementa la primera, ambas de “CQ ESTUDIO SpA”, celebradas, respectivamente, con fecha 09 de diciembre de 2022 y 11 de enero de 2023, en que por la unanimidad de las acciones emitidas de la Sociedad, según registro de accionistas tenido a la vista, se acordó la división de la sociedad “CQ ESTUDIO SpA” y rectificación y complementación de ésta, inscrita a fojas 64.776 número 42.684 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2013, entre sí y una nueva sociedad de responsabilidad limitada que se constituye al efecto: 1) DISMINUCIÓN DE CAPITAL: se disminuye el capital de “CQ ESTUDIO SpA”, ascendente a la suma de $3.000.000, en la suma de $1.434.798, quedando reducido a $1.565.202, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. Como consecuencia, se reemplaza el Artículo Quinto y Primero Transitorio de los Estatutos, en el siguiente sentido: a) “ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de un millón quinientos sesenta y cinco mil doscientos dos pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Dicho capital se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos” y; b) “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad asciende a la suma de un millón quinientos sesenta y cinco mil doscientos dos pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscrito y pagado, de la siguiente manera: i) AGUSTÍN QUIROGA PRIETO, suscribe y paga quinientas acciones, y ii) PEDRO FELIPE CASTRO ARROYO, suscribe y paga quinientas acciones. Las acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha”. Todo de conformidad a lo acordado por la unanimidad de las acciones en la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas, debidamente rectificada y complementada en Segunda Junta Extraordinaria en relación a la disminución de capital; 2)DIVISIÓN: Los socios, AGUSTIN QUIROGA PRIETO y PEDRO FELIPE CASTRO ARROYO, ambos domiciliados en Avenida Américo Vespucio N°2.700, oficina 401, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, aprueban los Estatutos de la nueva sociedad “SERVICIOS PROFESIONALES CQ ESTUDIO LIMITADA” que se constituye con motivo de la división de “CQ ESTUDIO SpA”, en el siguiente sentido: Razón social: “SERVICIOS PROFESIONALES CQ ESTUDIO LIMITADA”; Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda constituir agencias, oficinas y representaciones en otros lugares del país o en el extranjero; Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios y asesorías profesionales en el ámbito de la arquitectura, diseño y paisajismo; b) Ejecutar todo tipo de actos y contratos tendientes a estos fines, incluso la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, explotación de los mismos, incluso bajo permuta u otros títulos traslaticios de dominio; y c) En general, ejecutar todo acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos u otros que los socios acuerden. Del capital social. El capital de la Sociedad es la suma de un millón cuatrocientos treinta y cuatro mil setecientos noventa y ocho pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) don PEDRO FELIPE CASTRO ARROYO aporta la suma de setecientos diecisiete mil trescientos noventa y nueve pesos, que entera en este mismo acto al contado y en dinero efectivo, que las partes avalúan de común acuerdo en un cincuenta por ciento de los derechos sociales, suma ya ingresada a caja social; b) don AGUSTIN QUIROGA PRIETO aporta la suma de setecientos diecisiete mil trescientos noventa y nueve pesos, que entera en este mismo acto al contado y en dinero efectivo, que las partes avalúan de común acuerdo en un cincuenta por ciento de los derechos sociales, suma ya ingresada a caja social; Administración y el uso de la razón social. La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente en forma conjunta o separada a don AGUSTÍN QUIROGA PRIETO y don PEDRO FELIPE CASTRO ARROYO quienes, anteponiendo su firma a la razón social obligarán y representarán a la Sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y en especial anteponiendo su firma a la razón social obligarán y representarán a la Sociedad con las facultades señaladas en los Estatutos. Responsabilidad de los socios limitada hasta el monto de sus aportes. Demas estipulaciones escritura extractada. Santiago, 13 de enero de 2023.