MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA CARRILLO Y MALLEA LIMITADA

RUT 76976079-2 CVE 2257177
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2022

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2022
Notario
RENE A. MARTINEZ LOAIZA
Domicilio
Melipilla

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 42094 del 28 de junio de 2018

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENE A. MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, Avda. Serrano 374, certifica que por escritura de fecha 30 de diciembre de 2022, ante mi: doña PATRICIA INES MALLEA BUSTOS, chilena, casada separada totalmente de bienes, Profesora de educación básica y diferencial, domiciliada en Los Molles, Parcela B-Uno, Culipran, comuna de Melipilla; doña MARIA INES DE LOS ANGELES MALLEA BUSTOS, chilena, casado y separado totalmente de bienes, técnico en alimentos, domiciliada en San Ignacio, Parcela doce, Culiprán, comuna de Melipilla; don JUAN PEDRO CARRILLO SILVA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, domiciliada en San Ignacio, Parcela doce, Culiprán, comuna de Melipilla; don CLAUDIO MAURICIO JARA VENEGAS, chileno, casado, administrativo, Domiciliado en los Molles parcela uno, Culipran, comuna de Melipilla; Modifican la sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA CARRILLO Y MALLEA LIMITADA”, pudiendo actuar con el nombre de fantasía “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA CARRILLO Y MALLEA LTDA.", rol único tributario número setenta y seis millones novecientos setenta y seis mil setenta y nueve guion dos, la que se encuentra inscrita en extracto a fojas trescientos setenta y dos número ciento cincuenta y cuatro del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Melipilla, correspondiente al año dos mil dieciocho, debidamente publicada en el Diario Oficial número cuarenta y dos mil noventa y cuatro de fecha veintiocho de junio de dos mil dieciocho.- La sociedad antes mencionada no ha sido objeto de modificaciones.- MODIFICACIONES. Uno) El socio don JUAN PEDRO CARRILLO SILVA, con el consentimiento de la socia doña MARIA INES DE LOS ANGELES MALLEA BUSTOS, vende, cede y transfiere a la socia doña PATRICIA INES MALLEA BUSTOS, quien compra y acepta para sí, el veinticinco por ciento del haber o capital social.- El precio de la venta es la suma de dos millones quinientos mil pesos, que se pagan al contado, suma que el cedente declara haber recibido de la cesionaria, en este acto, en dinero efectivo y a su entera satisfacción. Así mismo instrumento el socio don JUAN PEDRO CARRILLO SILVA, con el consentimiento de la socia doña MARIA INES DE LOS ANGELES MALLEA BUSTOS, vende, cede y transfiere al socio don CLAUDIO MAURICIO JARA VENEGAS, quien compra y acepta para sí, el veinte por ciento del haber o capital social.- El precio de la venta es la suma de dos millones de pesos, que se pagan al contado, suma que la cedente declara haber recibido del cesionario, en este acto, en dinero efectivo y a su entera satisfacción. La socia doña MARIA INES DE LOS ANGELES MALLEA BUSTOS con el consentimiento del socio don JUAN PEDRO CARRILLO SILVA, vende, cede y transfiere al socio don CLAUDIO MAURICIO JARA VENEGAS, quien compra y acepta para sí, el cinco por ciento del haber o capital social.- El precio de la venta es la suma de quinientos mil pesos, que se pagan al contado, suma que la cedente declara haber recibido del cesionario, en este acto, en dinero efectivo y a su entera satisfacción.- DOS) Como consecuencia los únicos socios de la sociedad referida son: don JUAN PEDRO CARRILLO SILVA, dueño del veinticinco por ciento del capital social y de los derechos sociales; doña MARIA INES DE LOS ANGELES MALLEA BUSTOS, dueña del veinticinco por ciento del capital social y de los derechos sociales; doña PATRICIA INES MALLEA BUSTOS, dueña del veinticinco por ciento del capital social y de los derechos sociales; don CLAUDIO MAURICIO JARA VENEGAS, dueño del veinticinco por ciento del capital social y de los derechos sociales.- Los socios.- TRES) Modifican clausula quinta del pacto social quedando como sigue: “QUINTO:- CAPITAL SOCIAL:- El socio don JUAN PEDRO CARRILLO SILVA, aporta la suma de dos millones quinientos mil pesos en dinero en efectivo, ya ingresados en la caja social, correspondiente al veinticinco por ciento del capital social; La socia doña MARIA INES DE LOS ANGELES MALLEA BUSTOS, aporta la suma de dos millones quinientos mil pesos en dinero en efectivo, ya ingresados en la caja social, correspondiente al veinticinco por ciento del capital social; La socia doña PATRICIA INES MALLEA BUSTOS, aporta la suma de dos millones quinientos mil pesos en dinero en efectivo, ya ingresados en la caja social, correspondiente al veinticinco por ciento del capital social; El socio don CLAUDIO MAURICIO JARA VENEGAS, aporta la suma de dos millones quinientos mil pesos en dinero en efectivo, ya ingresados en la caja social, correspondiente al veinticinco por ciento del capital social”.- CUATRO) Se modifica clausula Séptima del pacto social quedando como sigue: La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a doña MARIA INES DE LOS ANGELES MALLEA BUSTOS y a doña PATRICIA INES MALLEA BUSTOS, quienes actuando en forma conjunta, separada e indistintamente, y actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representaran con las más amplia facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, y con todas las facultades expresadas en la escritura que se extracta. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. - Demás estipulaciones constan escritura que extracto.- Melipilla a 17 de enero de 2023.-