MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Molina Matta Abogados SpA

RUT 76930371-5 CVE 2256119
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
12 de enero de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
12 de enero de 2023
Repertorio
200
Notario
R. ALFREDO MARTIN ILLANES
Oficio
15ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

a) La presentación de servicios de asesoría profesional en el área jurídica y en la inversión de toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, derechos en sociedades de personas, valores mobiliarios, títulos de crédito, derechos litigiosos y demás títulos e instrumentos de inversión públicos y privados y b) En general, desarrollar toda clase de actividades lucrativas que no estén prohibidas por ley o por estos estatutos; d)

Administración

Corresponderá a Fernando Eugenio Molina Matta, con amplias facultades conforme lo indicado en la escritura. Socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, abogado, Notario Público Titular de la 15ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N° 201, locales 101 y 102, Providencia, certifico: Por escritura de fecha 12 de enero de 2023, otorgada ante mi suplente Francisco Rubén Rojas Arriagada, Repertorio N° 200 – 2023, FERNANDO EUGENIO MOLINA MATTA, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 11.833.992-4, domiciliado en Avenida Vitacura N° 3.441, comuna de Vitacura, Región Metropolitana y GIANNINA ANDREA BOCCHI JIMENEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, abogada, cédula de identidad número 15.771.440-6, domiciliada en Ingeniero Álvarez Albornoz N° 6.200, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, suscribieron escritura pública de traspaso de acciones y transformación de la sociedad “MOLINA MATTA ABOGADOS SpA” a “MOLINA MATTA ABOGADOS LIMITADA”. FERNANDO EUGENIO MOLINA MATTA en su calidad de único socio de la sociedad “MOLINA MATTA ABOGADOS SpA”, constituida por escritura pública con fecha 24/09/2019, otorgada en la en la Notaría Pública de don Raúl Undurraga Laso, inscrita a fs. 73.321, Nº 37.594, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018, transfirió a doña GIANNINA ANDREA BOCCHI JIMENEZ, quien aceptó y adquirió, una acción equivalente al uno por ciento del capital de la referida sociedad, pagándose el precio de $1.000. Las sumas de dineros se pagan en la forma y condiciones establecidas en la escritura. Como consecuencia de la transferencia de acciones antes referida la participación de los accionistas en el capital social quedó constituida de la siguiente forma: a) FERNANDO EUGENIO MOLINA MATTA, con el 99% del capital social y b) GIANNINA ANDREA BOCCHI JIMENEZ, con el 1% del capital social. Acto seguido y sin forma de junta los accionistas acordaron por unanimidad la transformación de la sociedad “MOLINA MATTA ABOGADOS SpA” previamente singularizada en una sociedad de responsabilidad limitada: a) Nombre o denominación: “MOLINA MATTA ABOGADOS LIMITADA”; b) Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales dentro del país o extranjero; c) Objeto: a) La presentación de servicios de asesoría profesional en el área jurídica y en la inversión de toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, derechos en sociedades de personas, valores mobiliarios, títulos de crédito, derechos litigiosos y demás títulos e instrumentos de inversión públicos y privados y b) En general, desarrollar toda clase de actividades lucrativas que no estén prohibidas por ley o por estos estatutos; d) Duración: Indefinida; e) Capital: $1.000.000, el cual ha aportado y pagado en dinero efectivo del siguiente modo: i) FERNANDO EUGENIO MOLINA MATTA la suma de $999.000 y ii) GIANNINA ANDREA BOCCHI JIMENEZ la suma de $1.000, correspondiendo dichas sumas a los porcentajes sociales; y f) Administración: Corresponderá a Fernando Eugenio Molina Matta, con amplias facultades conforme lo indicado en la escritura. Socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago 16 de enero de 2023.