Instrumento
- Fecha
- 10 de enero de 2023
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- Vigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad estará en la ciudad de Santiago, pudiendo la administración establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto, en forma individual o en conjunto con otros, por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, en el país o en el extranjero, desarrollar las siguientes actividades; A. La producción y comercialización, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de eventos y espectáculos masivos, sean éstos musicales, deportivos, culturales, artísticos o de cualquier naturaleza; B. la promoción, transmisión y comercialización de todo tipo de eventos y espectáculos; C. la producción y)o comercialización de todo tipo de productos asociados o con ocasión de la realización de eventos masivos; D. la prestación y)o comercialización de servicios audiovisuales en soportes discográficos, digitales, internet o de cualquier naturaleza; E. Ejecución de todo acto conducente a la realización y cumplimiento de los fines expresados; incluso de participar en sociedades, constituirlas, modificarlas, administrarlas, disolverlas y liquidarlas, desempeñar mandatos, comisiones y representaciones de toda especie; F. La compra, venta e inversión de toda clases de bienes muebles corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, letras, pagares, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean civiles, comerciales o mineras, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Efectuar operaciones de “Factoring”, entre las que se comprenderán la adquisición a cualquier empresa o persona natural de cuentas por cobrar, documentadas con facturas, letras de cambio, pagares u otros documentos, con o sin responsabilidad para el cedente y adelantado o no el valor de dichos documentos; otorgar financiamiento con garantía constituida sobre los referidos documentos y también la simple administración de las cuentas por cobrar; prestar servicios de administración, estudios de mercado, investigación y clasificación del cliente y asesorías en general, administrar inversiones y percibir sus frutos o rentas y las demás actividades que sean complementarias de dichos objetos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, abogado, Notario Público, Titular de la Vigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3.196, Las Condes, certifico: Escritura Pública de fecha 10 de enero de 2023, rep 255-2023, ante mí, don CRISTHOFER ANDRES ÁLVARES GARCÍA, chileno, músico, domiciliado en calle Alcántara 200 oficina 305, Las Condes, Región Metropolitana, constituye Sociedad por Acciones, Razón Social: “MJ LA BANDA SPA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto, en forma individual o en conjunto con otros, por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, en el país o en el extranjero, desarrollar las siguientes actividades; A. La producción y comercialización, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de eventos y espectáculos masivos, sean éstos musicales, deportivos, culturales, artísticos o de cualquier naturaleza; B. la promoción, transmisión y comercialización de todo tipo de eventos y espectáculos; C. la producción y/o comercialización de todo tipo de productos asociados o con ocasión de la realización de eventos masivos; D. la prestación y/o comercialización de servicios audiovisuales en soportes discográficos, digitales, internet o de cualquier naturaleza; E. Ejecución de todo acto conducente a la realización y cumplimiento de los fines expresados; incluso de participar en sociedades, constituirlas, modificarlas, administrarlas, disolverlas y liquidarlas, desempeñar mandatos, comisiones y representaciones de toda especie; F. La compra, venta e inversión de toda clases de bienes muebles corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, letras, pagares, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean civiles, comerciales o mineras, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Efectuar operaciones de “Factoring”, entre las que se comprenderán la adquisición a cualquier empresa o persona natural de cuentas por cobrar, documentadas con facturas, letras de cambio, pagares u otros documentos, con o sin responsabilidad para el cedente y adelantado o no el valor de dichos documentos; otorgar financiamiento con garantía constituida sobre los referidos documentos y también la simple administración de las cuentas por cobrar; prestar servicios de administración, estudios de mercado, investigación y clasificación del cliente y asesorías en general, administrar inversiones y percibir sus frutos o rentas y las demás actividades que sean complementarias de dichos objetos. Domicilio: El domicilio de la sociedad estará en la ciudad de Santiago, pudiendo la administración establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Duración: Indefinido. Capital: $10.000.000, dividido en 10.000 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales el Uno./ CRISTHOFER ANDRES ÁLVARES GARCÍA, suscribe en este acto, diez mil acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, en la suma de diez millones de pesos, que se pagan en dinero efectivo, moneda de curso legal y que se enteran en este acto a la caja social, equivalente al cien por ciento del paquete accionario. Administración y el uso de su razón social: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a un administrador que el o los accionistas designen por unanimidad mediante escritura pública, el que podrá ser o no accionista de la Sociedad. Se designa como administrador de la sociedad a don CRISTHOFER ANDRES ÁLVARES GARCÍA, quien la representará con amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de enero de 2023. HQM Not Pub.