SOCIEDAD PEDIÁTRICA Y CARDIOLÓGICO HANANIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de enero de 2023
- Repertorio
- 25-2023
- Notario
- JUAN ROBERTO PEÑA URRA
- Oficio
- Séptima Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $5.031.988 CLP
Referencias (2)
- do publicacion DO N° 34988 del 11 de octubre de 1994
- do publicacion DO N° 39549 del 31 de diciembre de 2009
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ROBERTO PEÑA URRA, Abogado, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Rancagua, Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva 340, Local 3, certifico: por escritura pública de fecha 06 de enero de 2023, Repertorio 25-2023, ante CARLOS SANTIAGO POVEDA MALDONADO, notario público suplente del suscrito, don JUAN ALBERTO HANANIA SAMMOUR, domiciliado en Héctor Zamorano Nº 1222, casa 1, Villa Triana, comuna de Rancagua; doña YESSICA KARINA BLANLOT CARRASCO, domiciliada en Héctor Zamorano Nº 1222, casa 1, Villa Triana, comuna de Rancagua; doña KARIN NICOLE HANANIA BLANLOT, domiciliada en Pedro Rico Nº 5440, comuna de Ñuñoa; y don JAVIER ALBERTO HANANIA BLANLOT, domiciliado en Héctor Zamorano Nº 1222, casa 1, Villa Triana, comuna de Rancagua; modificaron estatutos de “SOCIEDAD PEDIÁTRICA Y CARDIOLÓGICO HANANIA LIMITADA”, nombre de fantasía “HANANIA LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha 15 de septiembre de 1994, otorgada ante Raúl Cifuentes Arce, Notario Público de la 41ª Notaría de Santiago, cuyo extracto se publicó en el Registro de Comercio del año 1994 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua; y modificada por escritura pública de fecha 15 de diciembre de 2009, otorgada ante Jaime Bernales Valenzuela, Notario Público de Rancagua, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial Nº 39.549 de fecha 31 de diciembre de 2009, e inscrito a Fojas 778 Nº 963 del Registro de Comercio del año 2009 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua. Modificaciones consisten en: 1) KARIN NICOLE HANANIA BLANLOT vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, correspondientes al 1% del capital social, a JUAN ALBERTO HANANIA SAMMOUR, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $5.031.988.-, pagados en este acto, en dinero efectivo y a entera satisfacción del cedente.- 2) JAVIER ALBERTO HANANIA BLANLOT vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, correspondientes al 1% del capital social, a YESSICA KARINA BLANLOT CARRASCO, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $5.031.988.-, pagados en este acto, en dinero efectivo y a entera satisfacción del cedente. 3) Como consecuencia de las cesiones de derechos señaladas quedan como únicos socios, con las participaciones sociales que se indican a continuación: JUAN ALBERTO HANANIA SAMMOUR, con 50% de derechos sociales; y YESSICA KARINA BLANLOT CARRASCO con 50% de derechos sociales.- 4) Los socios aceptan las cesiones de los derechos de KARIN NICOLE HANANIA BLANLOT a JUAN ALBERTO HANANIA SAMMOUR, y la de JAVIER ALBERTO HANANIA BLANLOT a YESSICA KARINA BLANLOT CARRASCO, sin tener reclamo alguno que formular al respecto.- 5) La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a los socios JUAN ALBERTO HANANIA SAMMOUR y YESSICA KARINA BLANLOT CARRASCO, quienes podrán actuar de forma conjunta o separada, y deberán actuar anteponiendo la razón social a sus firmas y la obligarán en todos los actos y negocios que celebren por ella, con todas las facultades contempladas en el pacto social constitutivo.- 6) Los socios JUAN ALBERTO HANANIA SAMMOUR y YESSICA KARINA BLANLOT CARRASCO, en consideración a sus competencias profesionales, comprometen su trabajo personal en forma permanente al desarrollo del objeto social, consistente en la prestación de servicios médicos pediátricos y cardiológicos.- 7) Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios a prorrata de su participación en la sociedad.- 8) Los socios modifican la razón social “SOCIEDAD PEDIÁTRICA Y CARDIOLÓGICO HANANIA LIMITADA”, reemplazándola por “SOCIEDAD PEDIÁTRICA Y CARDIOLÓGICA HANANIA LIMITADA”; manteniendo, para todos los efectos legales, tributarios, comerciales, entre otros, el nombre de fantasía “HANANIA LTDA.”.- En todo lo demás no modificado en esta escritura, continúa vigente pacto social constitutivo y modificación indicada. Demás antecedentes en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Rancagua, a 10 de enero del año 2023. Doy Fe.