Leyton, Spagnolli y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2022
- Notario
- VERÓNICA ISABEL GONZÁLEZ DÁVILA
- Domicilio
- Titular doña Maria Soledad Lascar Merino
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Objeto social
la sociedad tendrá por objeto la explotación, administración y prestación de servicios y consultas médicas, de toda clase y en todas las ramas y especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, servicios de bienestar, así como cualquier otro servicio médico relacionado a lo anterior, a través de sus socios, asociados y)o colaboradores, los cuales ejercen profesiones idénticas, similares, afines o complementarias.”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERÓNICA ISABEL GONZÁLEZ DÁVILA, Notario Público Suplente de Titular doña Maria Soledad Lascar Merino, de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en Miraflores 178, quinto piso, Santiago, certifico que mediante escritura pública otorgada con fecha 28 de diciembre de 2022, repertorio número 75.101-2022, ante la titular, don Patricio Andrés Leyton Belmar, chileno, cédula de identidad número 8.500.463-8; doña Ester Spagnolli, italiana, cedula de identidad para extranjeros número 24.794.177-0; doña Alicia Martina Belmar Villaroel, chilena, cedula nacional de identidad número 5.380.388-1; doña Elcira Del Carmen Belmar Villaroel, chilena, cedula nacional de identidad número 4.691.049-4; don Pablo Bruno Berrios Villaroel, chileno, cedula de identidad número 17.815.679-9, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Nicanor Plaza 2065, comuna de La Reina, Santiago, Región Metropolitana y; María Isabel Leyton Belmar, chilena, cedula nacional de identidad número 8.500.461-1, domiciliada en Visviri 1.550, departamento 144, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de socios de la sociedad Leyton, Spagnolli y Compañía Limitada, inscrita a fojas 8.021 N° 4.950, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Santiago del año 2015 acordaron modificar la sociedad, mediante las cesiones de derechos sociales que se individualizan a continuación: /a/ doña Alicia Martina Belmar Villarroel, vende, cede y transfiere a Patricio Andrés Leyton Belmar, el 21% de los derechos sociales de la sociedad en el precio de $210.000 pagados al contado; /b/ don Pablo Bruno Berrios Amado, vende, cede y transfiere a Patricio Andrés Leyton Belmar, el 3% de los derechos sociales de la sociedad en el precio de $30.000 pagados al contado; c) don Pablo Bruno Berríos Amado, vende, cede y transfiere a María Isabel Leyton Belmar el 18% de los derechos sociales de la sociedad en el precio de $180.000 pagados al contado; d) doña Elcira Del Carmen Belmar Villarroel, vende, cede y transfiere a María Isabel Leyton Belmar, el 7% de los derechos sociales en el precio de $70.000 pagados al contado; /e/ doña Elcira Del Carmen Belmar Villarroel, vende, cede y transfiere a Ester Spagnolli, el 14% de los derechos sociales de la sociedad en el precio de $140.000 pagados al contado. En consecuencia, la participación en el capital social queda de la siguiente forma: uno) Patricio Andrés Leyton Belmar con un 50% del haber social equivalente a la suma de $500.000; dos) Ester Spagnolli con un 25% del haber social equivalente a la suma de $250.000, y; tres) María Isabel Leyton Belmar con un 25% del haber social equivalente a la suma de $250.000.” Asimismo, los socios acordaron modificar la razón social y el objeto social, reemplazando en consecuencia, los artículos Segundo y Tercero de los estatutos por los siguientes: “SEGUNDO: DE LA RAZÓN SOCIAL: el nombre o razón social será “SOCIEDAD DE PROFESIONALES LEYTON, SPAGNOLLI Y COMPAÑÍA LIMITADA”, sin embargo, la sociedad podrá funcionar con el nombre de fantasía “LYS LTDA.” ante Bancos e Instituciones Financieras, Servicio de Impuesto Internos, Tesorería General de la República, y cualquier persona jurídica de derecho público y privado. “TERCERO: DEL OBJETO: la sociedad tendrá por objeto la explotación, administración y prestación de servicios y consultas médicas, de toda clase y en todas las ramas y especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, servicios de bienestar, así como cualquier otro servicio médico relacionado a lo anterior, a través de sus socios, asociados y/o colaboradores, los cuales ejercen profesiones idénticas, similares, afines o complementarias.” Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de enero de 2023.