Instrumento
- Fecha
- 9 de diciembre de 2022
- Notario
- Juan Cristián Berríos Castro
- Oficio
- Titular de la Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Duración
- 5 años a contar de la fecha de la escritura pública de constitución. Este plazo se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno mientras ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en tiempo y forma señalada en escritura extractada. (e)
Objeto social
La prestación de servicios y asesorías profesionales en el ámbito jurídico y legal, o de cualquier otra índole relacionado con la profesión de abogado, la que será prestada directamente por sus socios, asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación del servicio profesional. (c)
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a Marco Salgado Sánchez, anteponiendo a su firma la razón social, investido con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Cristián Berríos Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaría de Santiago, don Luis Ignacio Manquehual Mery, con oficio en Calle Huérfanos 941, local 302, comuna de Santiago, certifico: Que por escritura pública otorgada con fecha 9 de diciembre de 2022, ante mí, Marco Salgado Sánchez, domiciliado en Pasaje Las Condesas 2.703, Las Condes, Santiago, y Luis Miguel Parada Hoyl, domiciliado en Camino La Fuente 1.171, Las Condes, Santiago constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos extracto a continuación: (a) Razón Social: “Asesorías SC Limitada” pudiendo utilizar además e indistintamente en cualquier actuación, incluso bancaria, el nombre de fantasía “Asesorías SC Ltda.”. (b) Objeto: La prestación de servicios y asesorías profesionales en el ámbito jurídico y legal, o de cualquier otra índole relacionado con la profesión de abogado, la que será prestada directamente por sus socios, asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación del servicio profesional. (c) Duración: 5 años a contar de la fecha de la escritura pública de constitución. Este plazo se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno mientras ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en tiempo y forma señalada en escritura extractada. (e) Capital: $1.000.000 que los socios han aportado y pagado en dinero en las siguientes proporciones: (i) Marco Salgado Sánchez, aportó el 99,9% del capital de la Sociedad, esto es, la suma de $999.000; y (ii) Luis Miguel Parada Hoyl, la suma de $1.000, equivalente al 0,1% del capital de la Sociedad. (f) Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a Marco Salgado Sánchez, anteponiendo a su firma la razón social, investido con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 6 de enero de 2023.