MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INMOBILIARIA E.J. LIMITADA

RUT 76078186-K CVE 2253406
Capital
$971.239.844 CLP
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2022
Notario
Juan Ricardo San Martin Urrejola
Oficio
43ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$971.239.844 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MODIFICACIÓN ESTATUTOS “SOCIEDAD INMOBILIARIA E.J. LIMITADA” Juan Ricardo San Martin Urrejola, Notario Público de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 23 de diciembre de 2022, otorgada ante mí, comparecieron doña Elisabeth Andrea Jaque Sahr, C.I. Nº 7.015.886-8 y doña Francisca Elisabeth Justiniano Jaque, C.I. Nº 20.164.923-4, ambas domiciliadas para estos efectos en Luis Pasteur 5280, oficina 402, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, quienes en su calidad de únicas y actuales socias de SOCIEDAD INMOBILIARIA E.J. LIMITADA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 53.709, número 37.306 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2009, acordaron: (i) Aumentar el capital de la Sociedad, en la suma de $971.239.844, suma pagada íntegramente y en su totalidad por la socia Elisabeth Andrea Jaque Sahr, mediante la capitalización de una cuenta por cobrar que posee en contra de la Sociedad, extinguiéndose por tanto la misma: (ii) sustituir el Artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo al capital social, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.108.904.535 íntegramente pagado por sus socias como sigue: (a) Doña Elisabeth Andrea Jaque Sahr, la suma de $1.108.903.535, equivalentes a un 99,9999% de los derechos sociales; y (b) Doña Francisca Elisabeth Justiniano Jaque, la suma de $1.000, equivalentes a un 0,0001 por ciento de los derechos sociales”. (iii) Modificar el plazo de vigencia de la Sociedad, sustituyendo el artículo Cuarto de los estatutos sociales, relativo a la vigencia, por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: El plazo de duración de la Sociedad será desde el treinta de octubre de dos mil nueve hasta el día treinta de diciembre de dos mil veintidós”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de enero de 2023.