CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Servicios Jurídicos BAP Limitada

CVE 2253768
Fecha instrumento
6 de enero de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
6 de enero de 2023
Notario
Maria Patricia Donoso Gomien
Oficio
27° Notaria Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
Duración
La sociedad tendrá una duración de veinte años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el registro pertinente al margen de la inscripción social con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

la administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a uno cualquiera de sus socios, quienes actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Maria Patricia Donoso Gomien, abogado, Notario Público Titular 27° Notaria Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 06 de enero de 2023, otorgada ante mí, 222-2023, don Ricardo Pelayo Sebastián Valenzuela Irarrázabal, domiciliado en Avenida La Dehesa 1822 oficina 523, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, don Alfonso Costabal Ruiz Tagle domiciliado en Avenida La Dehesa 1822 oficina 523, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana y doña María Blanca Sánchez Cortina domiciliada en Avenida La Dehesa 1822 oficina 523, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada con el nombre o razón social: Servicios Jurídicos BAP Limitada, pudiendo usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad la expresión “Servicios BAP Ltda.”.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto: /a/ La prestación de asesoría jurídica de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, pudiendo efectuar todas las actividades que estén relacionadas directa e indirectamente con este giro; /b/ el desarrollo de cualquier actividad que tenga relación, directa o indirecta, con las actividades antes mencionadas.- Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, representaciones, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero.- Duración: La sociedad tendrá una duración de veinte años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el registro pertinente al margen de la inscripción social con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período.- Capital social: El capital de la sociedad es la cantidad de trescientos mil pesos aportado y pagado por los socios en la siguiente forma y proporciones: i) Ricardo Pelayo Valenzuela Irarrázaval aporta la cantidad de ciento dos mil pesos, equivalentes al treinta y cuatro por ciento del capital e interés social, que paga, en efectivo y al contado los que en este acto ingresan al capital social; ii) Alfonso Costabal Ruiz Tagle aporta la cantidad de noventa y nueve mil pesos, equivalentes al treinta y tres por ciento del capital e interés social, que paga, en efectivo y al contado los que en este acto ingresan al capital social; y iii) María Blanca Sánchez Cortina aporta la cantidad de noventa y nueve mil pesos, equivalentes al treinta y tres por ciento del capital e interés social, que paga, en efectivo y al contado los que en este acto ingresan al capital social;. Responsabilidad de los socios: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Administración y uso de la razón social: la administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a uno cualquiera de sus socios, quienes actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 06 de enero de 2023.-