CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ONSITE PROFESIONALES LIMITADA

CVE 2253295
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de enero de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de enero de 2023
Notario
VERONICA ISABEL GONZALEZ DAVILA
Oficio
Trigésima Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio social será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero
Duración
La sociedad durará 10 años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que quedará prorrogado automáticamente por períodos sucesivos de 10 años cada uno, salvo manifestación en contrario forma expresada en escritura

Objeto social

El objeto de la sociedad será la presentación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la arquitectura, técnico relacionado y gestión inmobiliaria, y la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada en la actualidad o en el futuro con ella, sea en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Sector Público, Municipal o Privado

Administración

La representación, administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separada, indistinta e individualmente a cualquiera de los socios don JUAN ANDRÉS SOTOMAYOR DÍAZ, o don SEBASTIÁN PATRICIO ORTIZ HARTARD, amplias facultades, salvo limitación de monto establecida en escritura extractada, en que deberán actuar en forma conjunta

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA ISABEL GONZALEZ DAVILA, Abogado, Notario Público Suplente de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, piso cinco, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 06 de enero del 2023, ante mí: don JUAN ANDRÉS SOTOMAYOR DÍAZ, don SEBASTIÁN PATRICIO ORTIZ HARTARD, don PABLO ANDRÉS RIVAS MATUS, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Kennedy N°5.488, torre sur, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada al monto de sus aportes. Razón Social: ONSITE PROFESIONALES LIMITADA. Objeto: El objeto de la sociedad será la presentación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la arquitectura, técnico relacionado y gestión inmobiliaria, y la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada en la actualidad o en el futuro con ella, sea en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Sector Público, Municipal o Privado. Administración y uso de la razón social: La representación, administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separada, indistinta e individualmente a cualquiera de los socios don JUAN ANDRÉS SOTOMAYOR DÍAZ, o don SEBASTIÁN PATRICIO ORTIZ HARTARD, amplias facultades, salvo limitación de monto establecida en escritura extractada, en que deberán actuar en forma conjunta. Capital: El capital social es la cantidad de $1.000.000.-, que los socios aportan y se obligan a enterar en la siguiente forma y proporciones: a) don JUAN ANDRÉS SOTOMAYOR DÍAZ, la cantidad de $560.000.-, equivalente a un 56% del capital social, suma que entera y paga íntegramente en este acto, en dinero efectivo e ingresado a la caja social; b) don SEBASTIÁN PATRICIO ORTIZ HARTARD, la cantidad de $240.000.-, equivalente a un 24% del capital social, suma que entera y paga íntegramente en este acto, en dinero efectivo e ingresado a la caja social; y, c) don PABLO ANDRÉS RIVAS MATUS, la cantidad de $200.000.-, equivalente a un 20% del capital social, suma que entera y paga íntegramente en este acto, en dinero efectivo e ingresado a la caja social. Domicilio Social: El domicilio social será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero. Duración: La sociedad durará 10 años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que quedará prorrogado automáticamente por períodos sucesivos de 10 años cada uno, salvo manifestación en contrario forma expresada en escritura. Responsabilidad de los Socios: Limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de enero de 2023.