MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LEÓN Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 82370700-2 CVE 2253518
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2022
Repertorio
22273-2022
Notario
Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
LEÓN Y COMPAÑÍA LIMITADA socio 82370700-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ISABEL MARGARITA PEÑA LEZAETA, Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público, Titular de la 34° Notaría de Santiago, con Oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, comuna de Providencia, Santiago, certifico: Que por escritura pública fecha 27 de Diciembre de 2022, Repertorio N° 22.273-2022, ante mí, don JULIO IGNACIO LEÓN BATISTA, por sí, con domicilio en Lo Fontecilla 201, oficina 530, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; doña CECILIA DEL CARMEN GARCÉS AGUIRRE, por sí y en representación de INMOBILIARIA EL MAGNOLIO SpA, ambos con domicilio en Lo Fontecilla 201, oficina 530, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la sociedad LEÓN Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT 82.370.700-2, constituida por escritura pública otorgada con fecha 5 de febrero del año 1952, en la Notaría de Santiago de don Herman Chadwick, inscrita a fojas 1126 número 692 del Registro de Comercio de Santiago del año 1952, de manera siguiente: 1. El socio Julio Ignacio León Batista, vendió, cedió y transfirió a Inmobiliaria El Magnolio SpA, quién representada legalmente por Cecilia del Carmen Garcés Aguirre, compró, aceptó y adquirió para sí, el 1,43 por ciento de los derechos en la sociedad. El precio de esta cesión es la suma de $15.485.642 pagados al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlos a su entera conformidad, dando por íntegramente pagado el precio; 2. Como consecuencia de la compraventa de derechos son actualmente socios de la sociedad LEÓN Y COMPAÑÍA LIMITADA: a) don JULIO IGNACIO LEÓN BATISTA, dueño del 70 por ciento de los derechos en la sociedad, b) doña CECILIA DEL CARMEN GARCÉS AGUIRRE, dueña del 28,57 por ciento de los derechos en la sociedad, y c) La sociedad INMOBILIARIA EL MAGNOLIO SpA, dueña de un 1,43 por ciento de los derechos en la sociedad; 3. don JULIO IGNACIO LEÓN BATISTA, doña CECILIA DEL CARMEN GARCÉS AGUIRRE, y la sociedad INMOBILIARIA EL MAGNOLIO SpA, en su carácter de únicos socios acuerdan las siguientes modificaciones al estatuto social contenido en la cláusula Séptima de la escritura pública de tres de diciembre de mil novecientos ochenta y seis, Notaría de Santiago de don Sergio Carmona Barrales: Uno) Modificar el numeral Cinco de la cláusula Séptima, reemplazando su texto por el siguiente: “SÉPTIMO: Cinco.- El capital social será la suma de dos millones ochocientos ochenta y dos mil trescientos treinta y ocho pesos, ya enterado por los socios en la forma siguiente: a) don JULIO IGNACIO LEÓN BATISTA, dos millones diecisiete mil seiscientos treinta y siete pesos, equivalentes a un setenta por ciento de los derechos en la sociedad; b) doña CECILIA DEL CARMEN GARCÉS AGUIRRE, ochocientos veintitrés mil cuatrocientos ochenta y cuatro pesos, equivalentes a un veintiocho coma cincuenta y siete por ciento de los derechos en la sociedad y c) la sociedad INMOBILIARIA EL MAGNOLIO SpA, cuarenta y un mil doscientos diecisiete pesos, equivalentes al uno coma cuarenta y tres por ciento de los derechos en la sociedad. Capital totalmente enterado y pagado, declarando los socios que la sociedad lo ha recibido a su entera satisfacción.”; Dos) Modificar el numeral Ocho de la cláusula Séptima, reemplazando su texto por el siguiente: “SÉPTIMO: Ocho.- En caso de fallecimiento de doña Cecilia del Carmen Garcés Aguirre, la sociedad continuará con la sucesión del socio fallecido la cual designará un apoderado común que la represente, pero éste no tendrá injerencia alguna en la administración de la sociedad, pudiendo sólo fiscalizar la marcha de los negocios sociales. En caso de fallecimiento del socio don Julio Ignacio León Batista, la administración y uso de la razón social corresponderá a la socia Cecilia del Carmen Garcés Aguirre, sin perjuicio de que la sucesión designe un apoderado común que la represente, pero éste no tendrá injerencia alguna en la administración de la sociedad, pudiendo sólo fiscalizar la marcha de los negocios sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. I. Peña L. Notario Suplente. Santiago, 10 de Enero de 2023.