COMERCIAL UMBRAL 8 LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2022
- Notario
- ANTHONY ALEXIS TORRES FUENZALIDA
- Oficio
- Tercera Notaría de Arica
- Comuna
- Arica
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTHONY ALEXIS TORRES FUENZALIDA, Abogado, Notario Público de la Tercera Notaría de Arica, suplente del Notario Público Interino don CÉSAR RICARDO SÁNCHEZ GARCÍA, CERTIFICA: Por escritura de fecha 30 de diciembre de 2022 ante Notario Público Interino don CÉSAR RICARDO SÁNCHEZ GARCÍA, doña JOSSELINE ROCÍO LÓPEZ CROSBY, administradora de empresas, Rut. N° 24.032.824-0, domiciliada en Arica, Guillermo Sánchez N°660, departamento B 34, don JAVIER HERMAN RIVERA NOVOA, empresario, Rut. N° 24.025.739-4, domiciliado en Arica, Guillermo Sánchez N° 60, Torre A, departamento 113, y doña SILVIA YNES KOC ORTIZ, administradora de empresas, Rut. N° 22.688.891-8, domiciliada en Arica, Avenida Santa María N°2141, local 1, modificaron sociedad “COMERCIAL UMBRAL 8 LIMITADA", constituida el 30 de diciembre de 2011, ante Notario de Arica, don Armando Sánchez Risi, e inscrita fojas 11 N° 09, Registro Comercio Conservador Arica, año 2012, publicado Diario Oficial el 06 de enero de 2012.- Modificación consiste: a) doña JOSSELINE ROCIO LOPEZ CROSBY cede y transfiere la totalidad de sus derechos de que es titular en la referida sociedad a doña SILVIA YNES KOC ORTIZ; b) En consecuencia, quedan como únicos socios de sociedad doña SILVIA YNES KOC ORTIZ y don JAVIER HERMAN RIVERA NOVOA, c/u 50 % capital social; c) Modifican objeto, por: “A) La creación, desarrollo, producción, dirección, comercialización, distribución, explotación, administración y marketing de y franquiciamiento de i) todo tipo de locales comerciales dedicadas al rubro de la alimentación y des sus derivados ii) de todo tipo de tecnologías y proyectos, bienes y servicios tecnológicos, incluido pero no limitado a, desarrollo de software, desarrollo de hardware, programación, investigación, soporte, operaciones y, en general, cualquier tipo de desarrollo o innovación de carácter tecnológico que sea susceptible de comercialización, y de todos los derechos que emanen de aquellas, quedando expresamente facultada para solicitar y obtener de las patentes y otros derechos de propiedad intelectual que correspondan; iii) de todo tipo de productos y/o servicios relacionados con el rubro de la alimentación, en todas sus formas y por cualquier medio. B) El desarrollo de la actividad publicitaria y de marketing en todas sus formas y por cualquier medio. C) La producción, organización y marketing de eventos de todo tipo, entre otros, sociales, de marketing, de beneficencia, culturales, educativos, de entretención y esparcimiento y, en general, de todos aquellos asociados, afines o complementarias con las actividades de su giro social. D) La inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles o inmuebles y/o en instrumentos financieros. E) La participación en toda clase de entidades con o sin fines de lucro. F) La captación, participación y colocación de fondos, públicos y/o privados, para toda clase de negocios y actividades, incluido pero no limitado a las actividades y materias asociadas, afines o complementarias con las actividades de su giro social. G) La prestación de asesorías y/o de servicios profesionales o técnicos en todas aquellas materias asociadas, afines o complementarias con las actividades de su giro social. H) El otorgamiento de licencias, regalías y franquicias, tanto en Chile como en el extranjero, como asimismo la prestación de los servicios necesarios para la adecuada implementación y explotación de las mismas. I) La representación de marcas extranjeras en Chile, tanto nacionales como internacionales y extranjeros, en el territorio nacional o en el extranjero, así como el otorgamiento de representaciones y autorizaciones de uso de marcas en Chile y en el extranjero. Todo lo anterior debe entenderse, sin perjuicio de la facultad de los socios para otras actividades, negocios e inversiones que acordaren efectuar”; d) La administración y uso razón social, quedará radicada en socios SILVIA YNES KOC ORTIZ, y JAVIER HERMAN RIVERA NOVOA quienes actuarán conjunta o separadamente por sociedad, con facultades señaladas en cláusula tercera en escritura de modificación; e) Capital social: $6.000.000.- socios aportan al contado e ingresado a caja social, siguiente forma: a) Socio SILVIA YNES KOC ORTIZ, entera $3.000.000.-; y b) socio JAVIER HERMAN RIVERA NOVOA entera $3.000.000.- Socios limitan responsabilidad hasta monto sus aportes”.- En todo lo demás, quedan plenamente vigentes todas las estipulaciones del pacto social.- Arica, 06 de enero del 2023.