MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL UMBRAL 8 LIMITADA

RUT 76277183-7 CVE 2253266
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2022
Notaría
Arica

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2022
Notario
ANTHONY ALEXIS TORRES FUENZALIDA
Oficio
Tercera Notaría de Arica
Comuna
Arica

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANTHONY ALEXIS TORRES FUENZALIDA, Abogado, Notario Público de la Tercera Notaría de Arica, suplente del Notario Público Interino don CÉSAR RICARDO SÁNCHEZ GARCÍA, CERTIFICA: Por escritura de fecha 30 de diciembre de 2022 ante Notario Público Interino don CÉSAR RICARDO SÁNCHEZ GARCÍA, doña JOSSELINE ROCÍO LÓPEZ CROSBY, administradora de empresas, Rut. N° 24.032.824-0, domiciliada en Arica, Guillermo Sánchez N°660, departamento B 34, don JAVIER HERMAN RIVERA NOVOA, empresario, Rut. N° 24.025.739-4, domiciliado en Arica, Guillermo Sánchez N° 60, Torre A, departamento 113, y doña SILVIA YNES KOC ORTIZ, administradora de empresas, Rut. N° 22.688.891-8, domiciliada en Arica, Avenida Santa María N°2141, local 1, modificaron sociedad “COMERCIAL UMBRAL 8 LIMITADA", constituida el 30 de diciembre de 2011, ante Notario de Arica, don Armando Sánchez Risi, e inscrita fojas 11 N° 09, Registro Comercio Conservador Arica, año 2012, publicado Diario Oficial el 06 de enero de 2012.- Modificación consiste: a) doña JOSSELINE ROCIO LOPEZ CROSBY cede y transfiere la totalidad de sus derechos de que es titular en la referida sociedad a doña SILVIA YNES KOC ORTIZ; b) En consecuencia, quedan como únicos socios de sociedad doña SILVIA YNES KOC ORTIZ y don JAVIER HERMAN RIVERA NOVOA, c/u 50 % capital social; c) Modifican objeto, por: “A) La creación, desarrollo, producción, dirección, comercialización, distribución, explotación, administración y marketing de y franquiciamiento de i) todo tipo de locales comerciales dedicadas al rubro de la alimentación y des sus derivados ii) de todo tipo de tecnologías y proyectos, bienes y servicios tecnológicos, incluido pero no limitado a, desarrollo de software, desarrollo de hardware, programación, investigación, soporte, operaciones y, en general, cualquier tipo de desarrollo o innovación de carácter tecnológico que sea susceptible de comercialización, y de todos los derechos que emanen de aquellas, quedando expresamente facultada para solicitar y obtener de las patentes y otros derechos de propiedad intelectual que correspondan; iii) de todo tipo de productos y/o servicios relacionados con el rubro de la alimentación, en todas sus formas y por cualquier medio. B) El desarrollo de la actividad publicitaria y de marketing en todas sus formas y por cualquier medio. C) La producción, organización y marketing de eventos de todo tipo, entre otros, sociales, de marketing, de beneficencia, culturales, educativos, de entretención y esparcimiento y, en general, de todos aquellos asociados, afines o complementarias con las actividades de su giro social. D) La inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles o inmuebles y/o en instrumentos financieros. E) La participación en toda clase de entidades con o sin fines de lucro. F) La captación, participación y colocación de fondos, públicos y/o privados, para toda clase de negocios y actividades, incluido pero no limitado a las actividades y materias asociadas, afines o complementarias con las actividades de su giro social. G) La prestación de asesorías y/o de servicios profesionales o técnicos en todas aquellas materias asociadas, afines o complementarias con las actividades de su giro social. H) El otorgamiento de licencias, regalías y franquicias, tanto en Chile como en el extranjero, como asimismo la prestación de los servicios necesarios para la adecuada implementación y explotación de las mismas. I) La representación de marcas extranjeras en Chile, tanto nacionales como internacionales y extranjeros, en el territorio nacional o en el extranjero, así como el otorgamiento de representaciones y autorizaciones de uso de marcas en Chile y en el extranjero. Todo lo anterior debe entenderse, sin perjuicio de la facultad de los socios para otras actividades, negocios e inversiones que acordaren efectuar”; d) La administración y uso razón social, quedará radicada en socios SILVIA YNES KOC ORTIZ, y JAVIER HERMAN RIVERA NOVOA quienes actuarán conjunta o separadamente por sociedad, con facultades señaladas en cláusula tercera en escritura de modificación; e) Capital social: $6.000.000.- socios aportan al contado e ingresado a caja social, siguiente forma: a) Socio SILVIA YNES KOC ORTIZ, entera $3.000.000.-; y b) socio JAVIER HERMAN RIVERA NOVOA entera $3.000.000.- Socios limitan responsabilidad hasta monto sus aportes”.- En todo lo demás, quedan plenamente vigentes todas las estipulaciones del pacto social.- Arica, 06 de enero del 2023.