CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías Schwencke y Compañía Limitada

CVE 2253577
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2022
Notario
ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO
Oficio
48° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Duración
5 años, renovable automáticamente por períodos de 5 años, a menos que socios manifiesten voluntad de ponerle término en la forma señalada en la escritura

Objeto social

El objeto de la Sociedad es i) La prestación de servicios y asesorías profesionales en materias jurídicas, tributarias y legales en Chile a cualquier clase de personas naturales o jurídicas, domiciliadas, constituidas o residentes en Chile y)o en el extranjero, y a entidades sin personalidad jurídica domiciliadas o residentes en Chile y)o en el extranjero y la representación de las mismas; ii) invertir sus excedentes de caja en diversos tipos de instrumentos financieros, tales como depósitos a plazo fijos o renovables, en pesos, unidades de fomento o moneda extranjera, fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, instrumentos derivados o cualquier otro tipo de instrumento de inversión de renta fija o variable; y, iii) la ejecución de todos los demás actos y contratos que acuerden los socios para el desarrollo y la consecución de los fines sociales;

Administración

Corresponderá don Juan Pablo Schwencke Saint-Jean, don Francisco Prado Collao, doña Bárbara Neyra Avilés, doña Bárbara Larraín Stanley y don Hermógenes Guerrero Otárola, en la forma y con las facultades indicadas en la escritura extractada;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Abogado, Notario Público Interino de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3.076, oficina 601, 6° piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2022, ante mí, Juan Pablo Schwencke Saint-Jean, Francisco Prado Collao y Bárbara Neyra Avilés, todos domiciliados en Av. Vitacura 2939, oficina 2202, Las Condes, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “Asesorías Schwencke y Compañía Limitada”, en adelante, la “Sociedad”, sin perjuicio que para fines comerciales, publicitarios, e incluso ante bancos, instituciones financieras y ante el Servicio de Impuestos Internos pueda usar los nombres de fantasía “Asesorías Schwencke Ltda.” o “Pagbam Schwencke Ltda.”, con los cuales se obligará de la misma manera que si actuare con su razón social íntegra; Administración: Corresponderá don Juan Pablo Schwencke Saint-Jean, don Francisco Prado Collao, doña Bárbara Neyra Avilés, doña Bárbara Larraín Stanley y don Hermógenes Guerrero Otárola, en la forma y con las facultades indicadas en la escritura extractada; Capital: $1.000.000: a) Juan Pablo Schwencke Saint-Jean, $950.000, equivalentes al 95% del total del interés social, que entera en este acto, en dinero efectivo que ingresa a la caja social; b) Francisco Prado Collao, $25.000, equivalentes al 2,5% del total del interés social, que entera en este acto, en dinero efectivo que ingresa a la caja social; y, c) Bárbara Neyra Avilés, $25.000, equivalentes al 2,5% del total del interés social, que entera en este acto, en dinero efectivo que ingresa a la caja social. Objeto: El objeto de la Sociedad es i) La prestación de servicios y asesorías profesionales en materias jurídicas, tributarias y legales en Chile a cualquier clase de personas naturales o jurídicas, domiciliadas, constituidas o residentes en Chile y/o en el extranjero, y a entidades sin personalidad jurídica domiciliadas o residentes en Chile y/o en el extranjero y la representación de las mismas; ii) invertir sus excedentes de caja en diversos tipos de instrumentos financieros, tales como depósitos a plazo fijos o renovables, en pesos, unidades de fomento o moneda extranjera, fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, instrumentos derivados o cualquier otro tipo de instrumento de inversión de renta fija o variable; y, iii) la ejecución de todos los demás actos y contratos que acuerden los socios para el desarrollo y la consecución de los fines sociales; Duración: 5 años, renovable automáticamente por períodos de 5 años, a menos que socios manifiesten voluntad de ponerle término en la forma señalada en la escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de enero de 2023.