ALIMENTOS PUANGUE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de enero de 2001
- Repertorio
- 1295
- Notario
- DANIELA NANCY MUNIZAGA PÉNDOLA
- Oficio
- Segunda Notaria de Casablanca con asiento en Curacaví
- Comuna
- Casablanca con asiento en Curacaví
Sociedad
- Capital
- $6.000 CLP
- Domicilio
- Curacaví
- Duración
- Indefinida
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDANIELA NANCY MUNIZAGA PÉNDOLA, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Casablanca con asiento en Curacaví, con oficio en Avda. Ambrosio O´Higgins N°1375, 1° piso, comuna de Curacaví Certifico, por escritura pública de fecha 12 de diciembre del presente año, Repertorio N°1.295, Certifico: Que Doña VANIA PRISCILLA MC VEY ORELLANA, en representación de INVERSIONES EL NARANJO LIMITADA, y don JORGE RAÚL HERNÁNDEZ GONZALEZ, en representación de la sociedad JORGE HG SpA., todos domiciliados para estos efectos en Ruta Sesenta y Ocho, Kilómetro cincuenta y cinco, comuna de Curacaví: Vienen en modificar y transformar Sociedad de Responsabilidad Limitada "ALIMENTOS PUANGUE LIMITADA”. Por escritura pública de fecha dieciocho de diciembre del año dos mil, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Fernando Opazo Larraín, se constituyó la sociedad de Responsabilidad Limitada “ALIMENTOS PUANGUE LIMITADA”. - Un extracto autorizado de esa escritura se publicó en el Diario Oficial de 17 de enero de 2001 y se inscribió a fojas 4 número 5 en el Registro de Comercio de Casablanca correspondiente al año 2001. La sociedad ha sido objeto de modificaciones, la última de las cuales fue efectuada el 8 de enero del año 2019, ante la Notario Público de Santiago doña María Angélica Galán Bauerle, Repertorio número 50-19. Un extracto fue inscrito a fojas 29v, número 22, en el Registro de Comercio de Casablanca del año 2019, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 9 de marzo del año dos mil 2019.- De acuerdo a las estipulaciones de la escrituras públicas anteriormente Individualizadas, los actuales socios de “ALIMENTOS PUANGUE LIMITADA”. son: SOCIEDAD DE INVERSIONES EL NARANJO LIMITADA y JORGE HG SpA., con un 50% cada una de participación social. AUMENTO DE CAPITAL: Los socios acuerdan aumentar el capital desde la suma de $6.000.000 a la suma de $46.000.000, según se detalla en la escritura extractada. TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA A SOCIEDAD POR ACCIONES: Los socios acuerdan transformar la sociedad “ALIMENTOS PUANGUE LIMITADA” en una sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL: La razón social de la sociedad será "AGUA DE PIEDRA SpA”. -EL OBJETO DE LA SOCIEDAD A) La administración y explotación de restaurantes, fuentes de soda, cafés y demás similares y de toda clase de establecimientos de elaboración y distribución de los rubros panadería y/o pastelería. B) La elaboración, procesamiento, envasado, comercialización, distribución, importación y exportación de dulces artesanales y típicos chilenos y, en general, de toda clase de productos y materias primas de pastelería, repostería, confites y similares o afines, así como de todo tipo de productos alimenticios destinados al consumo humano. C) La celebración de todos los actos, contratos o negocios directa o indirectamente relacionados con el objeto social; y en general cualquier otra actividad que los socios acuerden. D) En general, el desarrollo de cualquier actividad análoga, a fin o complementaria a las anteriores y la realización de todo acto o contrato que sea necesario para el cumplimiento de los fines sociales o que los socios acuerden.- REPRESENTACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL SERÁ EJERCIDA DE LA SIGUIENTE MANERA: 1. En forma separada o conjunta por doña VANIA PRISCILLA MC VEY ORELLANA y don JORGE RAÚL HERNÁNDEZ GONZALEZ, ya individualizados, con las facultades enunciadas en la escritura extractada. 2. En forma conjunta por los representantes de las sociedades socias, esto es; INVERSIONES EL NARANJO LIMITADA y JORGE HG SPA., quienes nombrando un apoderado común actuará con las facultades enunciadas en la escritura extractada. Los administradores de la sociedad, anteponiendo la razón social a su firma, podrán representarla y obligarla con las más amplias facultades y atribuciones en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios, y así, actuando de la manera señalada tendrán los poderes enunciados en la escritura extractada. Capital: $46.000.000 dividido en 1.000 acciones, que corresponde al capital de la sociedad que por este acto se transforma, aportado y suscrito íntegramente por los socios. - Duración: Indefinida. - Domicilio: Curacaví, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país. Otras estipulaciones en escritura extractada. - Curacaví 12 de diciembre de 2022.