MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

UBIK SpA

RUT 77244864-3 CVE 2252067
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2022
Notario
ANDRÉS CARLOS ZAVALA COURRIOL
Oficio
29° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos de 5 años, salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalados en escritura extractada

Objeto social

El objeto exclusivo de la sociedad será la prestación de servicios profesionales y asesorías profesionales, bajo la calidad de sociedad de profesionales, relativos a: a) asesoría comunicacional y digital y servicios y asesorías relacionadas al periodismo; b) el desarrollo de todas las actividades relacionadas con la asesoría comunicacional y digital

Administración

El uso de la razón social y la administración corresponderá exclusivamente a don RAÚL ANDRÉS AZÓCAR ZAMUDIO quien actuando de la forma indicada en estatutos y anteponiendo su firma a la razón social, gozará de amplias facultades señaladas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS CARLOS ZAVALA COURRIOL, Abogado, Notario Público Interino 29° Notaría de Santiago, domiciliada en Mac-Iver N° 225, oficina 302, Santiago, certifico que: por escritura pública hoy ante mí: (I) RAÚL ANDRÉS AZÓCAR ZAMUDIO, C.I. N°10.612.148-6, domiciliado en calle Nicolás de Ovando N°953, Las Condes, Región Metropolitana; y, (II) JAVIER ALBERTO FUICA DEL CAMPO, C.I. N°10.354.646-K, domiciliado en calle Francis Drake N°793, Las Condes, Región Metropolitana, quienes en su calidad de únicos y actuales accionistas, según registro de accionistas, que he tenido a la vista, acordaron modificar “UBIK SpA”, RUT N°77.244.864-3, inscrita Fojas 54.128, Número 25.577, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2020, en el siguiente sentido: (I) Modificación del nombre. Se acordó modificar el nombre, reemplazando el artículo primero permanente de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Primero: El nombre de la sociedad es “ASESORÍAS COMUNICACIONALES UBIK SpA”. (II) Modificación del Objeto de la Sociedad. Se acordó modificar el objeto de la sociedad, reemplazando el artículo segundo permanente de los estatutos sociales por el siguiente: "Artículo Segundo: El objeto exclusivo de la sociedad será la prestación de servicios profesionales y asesorías profesionales, bajo la calidad de sociedad de profesionales, relativos a: a) asesoría comunicacional y digital y servicios y asesorías relacionadas al periodismo; b) el desarrollo de todas las actividades relacionadas con la asesoría comunicacional y digital”. (III) Transformación. Acordaron transformar ASESORÍAS COMUNICACIONALES UBIK SpA en una sociedad de responsabilidad limitada, regida por las disposiciones de la ley tres mil novecientos dieciocho, sus modificaciones y demás normas supletorias correspondientes, y en especial, por los siguientes estatutos NOMBRE: La razón social será “ASESORÍAS COMUNICACIONALES UBIK LIMITADA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. OBJETO: El objeto exclusivo de la sociedad será la prestación de servicios profesionales y asesorías profesionales, bajo la calidad de sociedad de profesionales, relativos a: a) asesoría comunicacional y digital y servicios y asesorías relacionadas al periodismo; b) el desarrollo de todas las actividades relacionadas con la asesoría comunicacional y digital. CAPITAL: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $1.000.000, que los socios han aportado de la siguiente forma y proporción: (I) RAÚL ANDRÉS AZÓCAR ZAMUDIO ha aportado $980.000 equivalentes al 98% de los derechos sociales, suma íntegramente pagada y enterada en arcas sociales; y, (II) JAVIER ALBERTO FUICA DEL CAMPO, ha aportado $20.000 equivalentes al 2% de los derechos sociales, suma íntegramente pagada y enterada en arcas sociales. Los comparecientes declaran aceptar expresamente las cantidades y porcentajes antes señalados. RESPONSABILIDAD. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos de 5 años, salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalados en escritura extractada. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: El uso de la razón social y la administración corresponderá exclusivamente a don RAÚL ANDRÉS AZÓCAR ZAMUDIO quien actuando de la forma indicada en estatutos y anteponiendo su firma a la razón social, gozará de amplias facultades señaladas en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre de 2022. ANDRÉS CARLOS ZAVALA COURRIOL. N.P.-