SOCIEDAD DE PROFESIONALES MURUNA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 14969/2022
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- tres años a contar desde esta fecha y se prorrogará tácitamente, por períodos iguales y sucesivos de tres años. Socios limitan responsabilidad hasta monto de sus
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
prestación de servicios profesionales relacionados con asesoría y consultoría profesional en el área de informática, ya sea de forma directa o a través de convenios con organismos públicos o privados. Administración y uso de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes certifico que por escritura pública otorgada con fecha 26/12/2022, Repertorio 14.969/2022, ante el Notario suplente, MARIANA ALEJANDRA SANGUEZA GONZÁLEZ y HERNÁN EDUARDO SANGUEZA GONZÁLEZ, domiciliados en Málaga número ochenta y cinco oficina S-125 subterráneo, Las Condes, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada regida por Ley 3.918 y siguientes estatutos: Razón social: SOCIEDAD DE PROFESIONALES MURUNA LIMITADA. Domicilio: Santiago. Objeto: prestación de servicios profesionales relacionados con asesoría y consultoría profesional en el área de informática, ya sea de forma directa o a través de convenios con organismos públicos o privados. Administración y uso de razón social: indistintamente a HERNÁN EDUARDO SANGUEZA GONZÁLEZ y MARIANA ALEJANDRA SANGUEZA GONZÁLEZ, con amplias facultades según consta en escritura extractada. Capital social: un millón de pesos, que socios aportan: HERNÁN EDUARDO SANGUEZA GONZÁLEZ novecientos noventa mil pesos, que equivale al noventa y nueve por ciento del capital social; y MARIANA ALEJANDRA SANGUEZA GONZÁLEZ aporta diez mil pesos, que equivale al uno por ciento del capital social. Los aportes se ingresan al contado y en dinero en efectivo. Duración: tres años a contar desde esta fecha y se prorrogará tácitamente, por períodos iguales y sucesivos de tres años. Socios limitan responsabilidad hasta monto de sus aportes. Demás estipulaciones, escritura extractada. 26-12-2022.-mmo.