CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Families in Business Advisory Services Limitada

CVE 2252122
Capital
$980.000 CLP
Fecha instrumento
6 de enero de 2023
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de enero de 2023
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
8va. Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$980.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público Titular de la 8va. Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, oficina 302, comuna y ciudad de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada el 06 de enero de 2023, ante mi suplente, el abogado Juan Cristián Berríos Castro, don Jon Iñaki Martínez Echezárraga, domiciliado en Santiago, Avenida Santa María 5.634, Edificio Otoñal 41, comuna de Vitacura; doña Aranzazu Maite Martínez De Aretxabala, domiciliada en Santiago, calle Las Nieves 3.313, departamento 402, comuna de Vitacura; y doña Maite Edurne Martínez De Aretxabala, domiciliada en Santiago, calle Las Tranqueras 1.852, departamento 42 Q, comuna de Vitacura constituyeron la sociedad denominada Families in Business Advisory Services Limitada, con domicilio en Santiago, y cuyo objeto exclusivo será la prestación de los servicios o las asesorías profesionales propias de los ingenieros comerciales, por intermedio de sus socios, asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de los servicios profesionales señalados, o a través de su participación en otras sociedades de profesionales, con o sin fines de lucro. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Jon Iñaki Martínez Echezárraga. Esta cláusula no es esencial. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que sus socios enteraron en el acto y en dinero efectivo, como sigue: a) don Jon Iñaki Martínez Echezárraga, $980.000; b) doña Aranzazu Maite Martínez De Aretxabala, $10.000; y c) Maite Edurne Martínez De Aretxabala, $10.000. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el 31 de diciembre del 2032, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos 6 meses antes del respectivo vencimiento. Santiago, 09 de enero de 2023.-