CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

VARAS OTERO ARQUITECTOS ASOCIADOS LIMITADA

CVE 2251295
Fecha instrumento
5 de enero de 2023
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
5 de enero de 2023
Repertorio
219
Notario
EDUARDO DIEZ MORELLO
Oficio
Trigésima Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
El plazo de duración de la Sociedad será de cinco años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de tiempo, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio, al margen de la inscripción social, con tres meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo periodo

Objeto social

La Sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de servicios y asesorías profesionales relacionadas con materias de gestión inmobiliaria referidas a la proyección, planeamiento, desarrollo, loteo, urbanización, construcción por cuenta propia o ajena, y la comercialización de inmuebles en general. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto;

Administración

El uso de la razón social, la representación y administración de la Sociedad le corresponderá al socio Francisco Javier Varas Palma, quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la Trigésima Cuarta Notaría de Santiago, ubicada en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 05 de enero de 2023, repertorio 219, otorgada ante mí: FRANCISCO JAVIER VARAS PALMA, con domicilio en Ermita de Claraval tres mil novecientos ochenta y ocho, casa tres, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y NICOLÁS ANDRÉS OTERO BELAUNDE, con domicilio en Alcoy mil ciento cuarenta y siete, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada cuyo estatuto se extracta: Nombre: “VARAS OTERO ARQUITECTOS ASOCIADOS LIMITADA”; Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de la constitución de agencias, oficinas, sucursales, representaciones o establecimientos en cualquier punto del país o del extranjero; Objeto: La Sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de servicios y asesorías profesionales relacionadas con materias de gestión inmobiliaria referidas a la proyección, planeamiento, desarrollo, loteo, urbanización, construcción por cuenta propia o ajena, y la comercialización de inmuebles en general. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto; Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, íntegramente aportado y pagado por los socios de la siguiente forma: /a/ FRANCISCO JAVIER VARAS PALMA, aporta la suma de seiscientos mil pesos, equivalentes al sesenta por ciento de los derechos sociales, que paga en dinero efectivo, en este acto, ingresando a arcas sociales; y /b/ NICOLÁS ANDRÉS OTERO BELAUNDE, aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, equivalentes al cuarenta por ciento de los derechos sociales, que paga en dinero efectivo, en este acto, ingresando a arcas sociales; Administración y uso de la razón social: El uso de la razón social, la representación y administración de la Sociedad le corresponderá al socio Francisco Javier Varas Palma, quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social; Duración: El plazo de duración de la Sociedad será de cinco años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de tiempo, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio, al margen de la inscripción social, con tres meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo periodo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 06 de enero de 2023.