CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ALIGNPHARMA SpA

RUT 16660344-7 CVE 2251099
Capital
$1.000.000 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Repertorio
238-2023
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
décima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular de la décima Notaría de Santiago, con domicilio en calle Agustinas número 1235, piso 2, comuna de Santiago, certifica: Ante mí, por escritura pública de fecha 6 de enero del año dos mil veintitrés, Repertorio N° 238-2023 don JUAN IGNACIO FLORES TREJOS, chileno, soltero, químico farmacéutico, cédula de identidad nacional número 16.660.344-7; domiciliado para estos efectos en calle Ingeniero Eduardo Domínguez número 90, comuna de Maipú, Región Metropolitana; constituye sociedad por acciones ALIGNPHARMA SpA; de duración indefinida, que tendrá por objeto el negocio farmacéutico, dispositivos médicos, desinfectantes, cosméticos, plaguicidas, sanitizantes; y de alimentos y concretamente: (a) La explotación comercial de establecimientos del rubro farmacias, destinados a la importación, exportación, distribución, expendio y venta de productos farmacéuticos y similares, incluyendo productos homeopáticos, dispositivos médicos, desinfectantes, cosméticos, plaguicidas, sanitizantes, alimentos, suplementos alimentarios, como también la compraventas de artículos farmacéuticos y similares por mayor y por menor, su comercialización u cualquier otra actividad relacionada con el objetivo principal; (b) La importación, exportación, fabricación, elaboración y distribución de cualquier clase de mercaderías, productos y materias primas del ramo de la industria de productos farmacéuticos, dispositivos médicos, desinfectantes, cosméticos, plaguicidas, sanitizantes, alimentos y en general artículos producidos por laboratorios y artículos de venta usual en establecimientos farmacéuticos o similares; (c) La prestación por cuenta propia o ajena de toda clase de servicios profesionales de asesoría, consultorías y representación farmacéutica, comercial, técnica, regulatoria, legal y administrativa, comprendiendo la asistencia técnica en las materias antes señaladas, y en general cualquier actividad relacionada directamente o indirecta con el giro y que acuerden los socios, además de la representación de sociedades extranjeras que digan relación con el giro, ante las autoridades públicas competentes, en especial el Instituto de Salud Pública; (d) La sociedad podrá, además, constituir toda clase de sociedades e incorporarse como socia a cualquiera existente pudiendo desarrollar las actividades propias de su giro social por si misma o a través de las sociedades que constituya o a las que se incorpore como socia; (e) La compra y adquisición de todo tipo de bienes y valores y, en particular adquirir , arrendar o dar en arriendo toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, con el propósitos de renta y demás actividades vinculadas con el rubro. (f) La inversión en todo tipo de bienes y valores y, en particular adquirir toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, solo con propósitos de inversión y renta, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; la participación solo como inversionista pasivo en toda clase de negocios o empresas; (g) Actuar como agencia de prensa, publicitaria y de difusión, todo lo que, en la actualidad o, de cualquier forma, en el futuro, que diga relación con el giro propio del negocio farmacéutico, y; (h) Para el cumplimiento de su objeto, la empresa podrá contratar o subcontratar, toda clase de servicios relacionados con la inversión en general. El capital es la suma de $1.000.000 pesos dividido en 1.000 acciones nominativas de una serie y sin valor nominal; JUAN IGNACIO FLORES TREJOS suscribe 100 acciones, por un valor total de $100.000; Las 900 acciones no suscritas ni pagadas por el accionista fundador, se suscribirán y se pagarán de contado, en el plazo máximo de 1 año contado desde la fecha de constitución de la sociedad, esto es, a más tardar el día 30 de enero del año 2024. Demás estipulaciones constan en documento extractado. Santiago, 09 de Enero de 2022.