AGRÍCOLA GANADERA Y COMERCIAL DOÑA ROSA SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de enero de 2023
- Notario
- LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR
- Domicilio
- Viña del Mar
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, Notario Público Titular de Viña del Mar, con oficio en 12 Norte N° 785, piso 3, Edificio Pamplona, Viña del Mar, certifico: por escritura de esta fecha 04 de enero de 2023, ante mi: don Cristian Alejandro Díaz López, domiciliado en calle Londres número novecientos veinte, Villa Alemana, de paso en ésta, redujo a escritura pública el ACTA de la JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “AGRÍCOLA GANADERA Y COMERCIAL DOÑA ROSA SPA”, celebrada con fecha 04 de enero de dos mil veintitrés. En ella se acordó lo siguiente: Que se ratifica todo lo obrado en la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Agrícola Ganadera y Comercial Doña Rosa Sociedad Por Acciones, celebrada con fecha 17 de abril de 2020, a las 10:00 horas, especialmente los acuerdos en ella adoptados, los que constan en el Acta que fue reducida a escritura pública con fecha 21 de abril de 2020, ante la Notario Público de Villa Alemana, doña Paulina Alejandra Sotomayor Graepp, agregada a su Repertorio con el N°514, así como los actos, contratos y efectos jurídicos producidos como consecuencia de dichos acuerdos, ratificándose así, con pleno efecto retroactivo, los siguientes acuerdos: 1.- Ratificar y designar de manera definitiva en su cargo de Gerente General al único accionistas don Cristian Alejandro Díaz López, quien tendrá la administración, representación y uso del nombre de la sociedad. El nombramiento será válido mientras no sea revocado por la Junta Ordinaria de Accionistas de la Sociedad, y tendrá todas y cada una de las facultades contenidas en el Artículo Séptimo de los estatutos sociales que se dan por reproducidos. 2.- Modificar el Artículo Séptimo Número Siete de los Estatutos Sociales, en el siguiente tenor: “ARTÍCULO SÉPTIMO: Siete) Constituir Hipoteca incluso con cláusula de garantía general en favor de terceros; respecto de las hipotecas en favor de la sociedad podrá: posponerlas, alzarlas, limitarlas y aceptarlas incluso con cláusula de garantía; podrá además otorgar hipotecas con el objeto de caucionar obligaciones de terceros”. 3.- Autorizar la enajenación del inmueble correspondiente a la Parcela 10-B El Bosque, de la Comuna de Limache, Rol de Avalúo número 2207-70, de propiedad de la Sociedad Agrícola Ganadera y Comercial Doña Rosa Sociedad Por Acciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 número 9 en relación con el artículo 57 número 4 de la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Viña del Mar, 09 de enero de 2023.