UNO A UNO SOCIEDAD ANÓNIMA
Instrumento
- Fecha
- 23 de diciembre de 2022
- Notario
- MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS
- Oficio
- Titular de la Quinta Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente
- Comuna
- Santiago de don Patricio Raby Benavente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público suplente del Titular de la Quinta Notaría de Santiago de don Patricio Raby Benavente, ambos con domicilio en esta ciudad, en calle Gertrudis Echeñique 30, Oficina 32, Las Condes, Región Metropolitana, CERTIFICO: Que por escritura pública de 23 de diciembre de 2022, ante el Titular: JOSÉ IGNACIO TORRES IRIARTE, con domicilio para estos efectos en calle Apoquindo número 3885, piso 18, comuna de Las Condes, Region Metropolitana, viene en reducir a escritura pública el acta de junta extraordinaria de accionistas de la sociedad UNO A UNO SOCIEDAD ANÓNIMA, en adelante la “Sociedad”, celebrada el día 22 de diciembre de 2022, en donde se modifican los estatutos sociales, en específico el artículo séptimo cuyo texto es el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO: El directorio se reunirá a lo menos una vez al año, previa citación hecha por correo electrónico dirigida a la casilla que cada Director tenga registrado en la sociedad o por los medios de comunicación que determine el directorio por unanimidad de sus miembros, siempre que den razonable seguridad de su fidelidad. Para el funcionamiento del directorio se requerirá al menos el quórum de la mayoría de sus miembros y para tomar acuerdos se requerirá la mayoría de los asistentes a la reunión. Se entenderá que también están asistentes a la reunión aquellos directores que, a pesar de no encontrarse presentes, estén comunicados simultánea y permanentemente a través de medios tecnológicos que autorice el directorio. Para tales efectos, el presidente o quien haga sus veces enviará a los demás directores, con a lo menos veinticuatro horas de anticipación a cada reunión de Directorio, la información que les permita comunicarse por tales medios tecnológicos con quienes asistan presencialmente. El directorio podrá ser citado en la forma legal, por el presidente del directorio, por sí, o a indicación de uno o más directores, previa calificación que el presidente haga de la necesidad de la reunión, salvo que sea solicitada por la mayoría absoluta de los directores, caso en el cual deberá necesariamente celebrarse la reunión sin calificación previa.”.”. Tambien se fijaron estatutos refundidos y eliminaron los artículos transitorios. En todo lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de enero de 2023.- M. V. Wielandt C. N. S.