Instrumento
- Fecha
- 5 de enero de 2023
- Notario
- OSIEL ESTEBAN OBREQUE BESARES
- Domicilio
- Arica
Sociedad
- Capital
- $1.500.000 CLP
- Domicilio
- Sociedad tendrá domicilio la ciudad de Arica
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de diez años a contar de la fecha de la presente escritura y se renovará tácita y sucesivamente por períodos iguales de diez años cada uno, salvo que los accionistas acuerden en Junta Extraordinaria su disolución anticipada por dos tercios de las acciones
Objeto social
El objeto de la sociedad será realización de todo tipo de inversiones en toda clase de acciones o valores mobiliarios y de renta, bonos, debentures y todo tipo de crédito y efectos públicos y valores mobiliarios y en general, toda clase de documentación negociable y la realización de todo tipo de inversiones, compras y ventas de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie; como también la realización de todos los actos y contratos necesarios y conducentes para los objetos antes señalados, pudiendo para el cumplimiento de los indicados fines actuar por cuenta propio o ajena, incluso como agente o representante y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que los socios acuerden y que tienden a cubrir el fin social y celebrar contratos de asociación o cuentas en participación. En general, cualquier acto de comercio que él o los socios acuerden
Administración
La sociedad será administrada por un Administrador o Gerente quien, actuando individualmente, será designado por acuerdo de la junta de accionistas del que se dejará constancia en un acta que deberá ser reducida a escritura pública o en escritura pública o instrumento privado protocolizado donde comparezca el cien por ciento de los accionistas designando al Administrador. En este acto se designa como Administrador o Gerente de la sociedad a doña LINDSAY EVELYN AMARIO SALFATE
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOSIEL ESTEBAN OBREQUE BESARES, Notario Público Arica, Suplente del Titular don JUAN ANTONIO RETAMAL CONCHA, con oficio en Arica, Manuel Baquedano 65, Certifico: Con fecha 19 de Diciembre de 2022, ante don Vladimir Leonel Bordones Garrido, suplente del titular don Juan Antonio Retamal Concha, don JERAAP JESÚS FARÍAS AMARIO, chileno, empleado, casado con separación de bienes, cédula de identidad No. 19.357.238-3, domicilio Arica, calle Santa Bárbara No. 4187, don DENNYS JEREMÍAS FARÍAS AMARIO, chileno, soltero, técnico en comercio exterior, cédula de identidad No. 20.216.104-9, domicilio Arica, calle Santa Bárbara No. 4187; y, doña LINDSAY EVELYN AMARIO SALFATE, chilena, casada, factor de comercio, cédula de identidad No. 13.412.899-2, domicilio Arica, calle Santa Bárbara No. 4187, constituyeron sociedad por acciones, NOMBRE: “JEDEAN SpA”, pudiendo utilizar el nombre de “JEDEAN SpA”, ante toda clase de instituciones públicas o privadas. DOMICILIO: Sociedad tendrá domicilio la ciudad de Arica, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. DURACION: La sociedad tendrá una duración de diez años a contar de la fecha de la presente escritura y se renovará tácita y sucesivamente por períodos iguales de diez años cada uno, salvo que los accionistas acuerden en Junta Extraordinaria su disolución anticipada por dos tercios de las acciones.- OBJETO: El objeto de la sociedad será realización de todo tipo de inversiones en toda clase de acciones o valores mobiliarios y de renta, bonos, debentures y todo tipo de crédito y efectos públicos y valores mobiliarios y en general, toda clase de documentación negociable y la realización de todo tipo de inversiones, compras y ventas de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie; como también la realización de todos los actos y contratos necesarios y conducentes para los objetos antes señalados, pudiendo para el cumplimiento de los indicados fines actuar por cuenta propio o ajena, incluso como agente o representante y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que los socios acuerden y que tienden a cubrir el fin social y celebrar contratos de asociación o cuentas en participación. En general, cualquier acto de comercio que él o los socios acuerden.- CAPITAL: El capital de la Sociedad es de $1.500.000.-, dividido en 150 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie y de igual valor cada una, el cual es íntegramente suscrito y pagado en este acto por don JERAAP JESÚS FARÍAS AMARIO, con 49 acciones por un valor de $10.000.- cada una, lo que hace un total de $490.000.- que se pagan en este acto y en dinero en efectivo; por don DENNYS JEREMÍAS FARÍAS AMARIO con 49 acciones por un valor de $10.000.- cada una, lo que hace un total de $490.000.- que se pagan en este acto y en dinero en efectivo; y por doña LINSAY EVELYN AMARIO SALFATE con 52 acciones por un valor de $10.000.- cada una, lo que hace un total de $520.000.- que se pagan en este acto y en dinero en efectivo. ADMINISTRACION: La sociedad será administrada por un Administrador o Gerente quien, actuando individualmente, será designado por acuerdo de la junta de accionistas del que se dejará constancia en un acta que deberá ser reducida a escritura pública o en escritura pública o instrumento privado protocolizado donde comparezca el cien por ciento de los accionistas designando al Administrador. En este acto se designa como Administrador o Gerente de la sociedad a doña LINDSAY EVELYN AMARIO SALFATE. Demás estipulaciones en escritura extractada. Arica, 05 de enero de 2023.