IMPORTADORA Y EXPORTADORA DRAGÓN DEL NORTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de julio de 2022
- Notario
- FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF
- Oficio
- Primera Notaria de Iquique
- Comuna
- Iquique
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaria de Iquique, Aníbal Pinto 555, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí: Don CARLOS JOSE VILLANUEVA ARGUEDAS, domiciliado en Genaro Gallo número 2026, Iquique; don JAVIER ALEJANDRO ESPEJO NOGALES, domiciliado en Tomas Bonilla número 2077, Iquique; y Doña CARMEN ROSA FELICIDAD SARAVIA MENDIETA, domiciliada en Bolívar número 951, Iquique; modifican sociedad “IMPORTADORA Y EXPORTADORA DRAGÓN DEL NORTE LIMITADA” O “IMPORT Y EXPORT DRAGÓN DEL NORTE LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha 26 de julio del año 2022, repertorio número 1729, otorgada ante Notario Público Don DARIO EMIGDIO CHACON VICENTELO, cuyo extracto fue inscrito a fojas 808 número 454, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, correspondiente al año 2022, y debidamente publicada en el Diario Oficial de la República de Chile. Sentido que, el socio Don JAVIER ALEJANDRO ESPEJO NOGALES, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos y acciones que equivalen al 51% por ciento del haber total social a Don CARLOS JOSE VILLANUEVA ARGUEDAS, quien, compra, acepta y adquiere para sí, el 50% de los derechos y acciones en la sociedad, y a Doña CARMEN ROSA FELICIDAD SARAVIA MENDIETA, quien, compra, acepta y adquiere para sí, el 1% de los derechos y acciones en la sociedad. Modificación social expresada, sociedad ““IMPORTADORA Y EXPORTADORA DRAGÓN DEL NORTE LIMITADA” O “IMPORT Y EXPORT DRAGÓN DEL NORTE LTDA.”, queda constituida por sus 2 únicos socios: Don CARLOS JOSE VILLANUEVA ARGUEDAS, dueño del 99% derechos y acciones en la sociedad. Y Doña CARMEN ROSA FELICIDAD SARAVIA MENDIETA, dueño del 1% derechos y acciones en la sociedad. Actuales socios modifican cláusula cuarta pacto social, en el sentido que, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, Don CARLOS JOSE VILLANUEVA ARGUEDAS, y a Doña CARMEN ROSA FELICIDAD SARAVIA MENDIETA, quienes actuando en forma conjunta, separada e indistintamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas la representarán y obligarán, con las más amplias facultades. En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes estipulaciones pacto social primitivo, y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, a 28 Diciembre 2022.-