MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES AEDO Y SEPULVEDA LIMITADA

RUT 76549946-1 CVE 2249053
Capital
$25.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de mayo de 2016
Notaría
Chillán

Instrumento

Fecha
20 de mayo de 2016
Notario
JOAQUÍN TEJOS HENRÍQUEZ
Oficio
Segunda Notaría de Chillán
Comuna
Chillán

Sociedad

Capital
$25.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOAQUÍN TEJOS HENRÍQUEZ, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Chillán, con oficio en calle El Roble N°620, certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, doña HERMITA IVETTE AEDO MEJIAS, casada y separada totalmente de bienes, empresaria, con domicilio en Condominio Puerta de Alcalá, casa 3, Jardín del Este, comuna de Chillán; don EDGARD JEREMIAS SEPULVEDA AEDO, soltero, comerciante, y don JUAN ESTEBAN SEPULVEDA AEDO, soltero, empresario, ambos igualmente domiciliados en Condominio Puerta de Alcalá, casa 3, Jardín del Este, comuna de Chillán, modificaron sociedad “TRANSPORTES AEDO Y SEPULVEDA LIMITADA”, constituida mediante escritura pública de fecha 20 de Mayo de 2016, suscrita ante don Luis Eduardo Álvarez Díaz, Notario Público Titular de Chillán.- El extracto de constitución se encuentra inscrito a fojas 344 Nº 245 en el Registro de Comercio año 2016, del Conservador de Bienes Raíces de Chillán, y se publicó en el Capital inicial de $25.000.000, el que se encuentra enterado en caja social.- Presentes modificaciones consisten: 1) Doña HERMITA IVETTE AEDO MEJIAS –titular del 76% del haber social- vende, cede y transfiere el 32% de sus acciones y derechos sociales que mantiene en la sociedad, que representan el 24% del haber social, a don EDGARD JEREMIAS SEPULVEDA AEDO, en $5.120.000 pagados al contado.- 2) En consecuencia, quedan como únicos socios: Doña Hermita Ivette Aedo Mejías, titular de un 52% del haber social; don Juan Esteban Sepúlveda Aedo, titular de un 24% del haber social y don Edgard Jeremías Sepúlveda Aedo, titular de un 24% del haber social.- Introducen las siguientes modificaciones: Uno) Se modifica cláusula tercera de los estatutos sociales, en el sentido de ampliar el objeto de la sociedad, el que además será arrendamiento de toda clase de vehículos, con o sin chofer, y Dos) Se modifica la cláusula segunda de los estatutos sociales, en el sentido de modificar el nombre de fantasía que regirá para temas de publicidad, tributarios y bancarios el que será “RENT MACHINE”.- En todo lo no modificado continua vigente pacto social.- Otras estipulaciones constan en escritura extractada.- CHILLAN, 03 DE ENERO DE 2023.-