DISOLUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD Q Y S SpA

RUT 77136441-1 CVE 2249255
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de junio de 2022
Notaría
Chillán

Instrumento

Fecha
13 de junio de 2022
Repertorio
1811-2022
Notario
GERARDO CORTES GASAUI
Oficio
Novena Notaría de Chillán
Comuna
Chillán

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GERARDO CORTES GASAUI, Abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Chillán, con asiento en la comuna de Chillán Viejo, Provincia de Diguillín, Región de Nuble, con oficio en calle Erasmo Escala 550, certifico: Por escritura Pública de 13 de junio de 2022, repertorio 1811-2022, saneada por otra de fecha 4 de Enero del 2023, Repertorio 17- 2023, fue disuelta “SOCIEDAD Q Y S SpA”. Esta sociedad se constituyó por escritura pública de fecha 22 de abril de 2019, suscrita en la notaría de Chillán de don Juan Armando Bustos Bonniard, rectificada por otra, de fecha 12 de julio de 2019, suscrita en la misma notaría. Su inscripción en el registro de comercio de Chillán del año 2019, es de fojas 221 vuelta, número 161. La rectificación se inscribió en el mismo registro y año, a fojas 382 vuelta, número 375. Su Capital inicial fue de $30.000.000.- Su Rut es el 77.136.441-1. Por escritura de fecha de hoy 4 de enero de 2023, repertorio 17 – 2023. Los comparecientes complementan la escritura pública de disolución referida en los siguientes términos: La sociedad es dueña de una cuota equivalente al veinticinco por ciento de los derechos de aprovechamiento de aguas inscritos en el registro de propiedad de aguas del Conservador de Bienes Raíces de Longaví a fojas ochenta y dos vuelta, número ciento quince, del año dos mil veintiuno. Para los efectos del presente instrumento, a esta cuota se denominará “el bien”. Los derechos de aprovechamiento de aguas corresponden a: (1) un derecho de aprovechamiento de aguas de regadío consistente en dos coma ce-ro noventa y seis (2,096) acciones Río Longaví, equivalentes a tres coma ciento cuarenta y cuatro (3,144) litros por segundo, derechos superficiales, consuntivos, de ejercicio permanente y continuo del Río Longaví; (2) un derecho de aprovechamiento de aguas de regadío consistentes en dos (2) acciones Río Longaví, equivalentes a tres (3) litros por segundo, derechos superficiales, consuntivos, de ejercicio permanente y continuo del Rio Longaví. A fin de no alterar los términos de la disolución y liquidación ya efectuada, las partes declaran que respecto de este bien, se avalúa de común acuerdo en la suma de un millón de pesos. El Bien antes referido, se adjudica en dominio pleno a la socia CATALINA ANDREA SEPULVEDA SMITMANS. Queda una recompensa de quinientos mil pesos a favor del socio SEBASTIÁN LIVIO QUIROZ VALENZUELA, que se paga al contado, en efectivo. Por este acto los comparecientes vienen en sanear la disolución referida en la cláusula primera, en razón de la omisión de publicación e inscripción, de modo que al publicarse e inscribirse el extracto de esta escritura pública, se sanee dicho vicio. Otras estipulaciones en escritura extractada.- CHILLAN, 4 de enero de 2023.