SOCIEDAD JORQUERA GONZÁLEZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de enero de 2023
- Repertorio
- 49-2023
- Notario
- GONZALO HURTADO PERALTA
- Oficio
- 3° Notaría de Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Antofagasta
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la asesoría profesional empresarial
Administración
La administración, representación y uso de la razón social le corresponderá en forma indistinta a don Carlos Manuel Jorquera González y)o a doña Pía Monserrat Jorquera González, en adelante los Administradores, quienes, actuando en forma conjunta o separada, y anteponiendo su firma a la razón social, podrán obligar válidamente a la sociedad en todos los actos y contratos que ejecuten o celebren, con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO HURTADO PERALTA, Notario Público de la 3° Notaría de Antofagasta, con oficio en José de San Martín N° 2745, comuna y ciudad de Antofagasta, Región de Antofagasta: por escritura pública de fecha 05 de enero de 2023 Repertorio Nº49-2023 otorgada ante mí: don CARLOS MANUEL JORQUERA GONZÁLEZ, C.I. 16.840.255-4, con domicilio en Benito Ocampo N° 10.505, casa 5, comuna y ciudad de Antofagasta, Región de Antofagasta, y doña PÍA MONSERRAT JORQUERA GONZÁLEZ, C.I. 17.432.896-K, con domicilio en Avenida Arturo Prat N° 4775, casa 323, comuna y ciudad de Iquique, Región de Tarapacá, constituyen sociedad profesional de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD JORQUERA GONZÁLEZ LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “FUNDAMENTALES LIMITADA”. OBJETO: El objeto de la sociedad será la asesoría profesional empresarial. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Antofagasta, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o en el extranjero, y de los domicilios especiales que se pudieren establecer para la celebración de determinados actos y contratos. DURACIÓN: La sociedad empezará a regir el día de suscripción de la escritura, y su duración será indefinida. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración, representación y uso de la razón social le corresponderá en forma indistinta a don Carlos Manuel Jorquera González y/o a doña Pía Monserrat Jorquera González, en adelante los Administradores, quienes, actuando en forma conjunta o separada, y anteponiendo su firma a la razón social, podrán obligar válidamente a la sociedad en todos los actos y contratos que ejecuten o celebren, con las más amplias facultades. CAPITAL: $2.000.000.- que los socios aportaron a la fecha de la escritura, de la siguiente manera: A) CARLOS MANUEL JORQUERA GONZÁLEZ, aporta la suma de $1.000.000.-, al contado y en dinero en efectivo ingresado a la caja social, correspondiéndole el 50% de los haberes y derechos sociales; y B) doña PÍA MONSERRAT JORQUERA GONZÁLEZ, aporta la suma de $1.000.000.-, al contado y en dinero en efectivo ingresado a la caja social, correspondiéndole el 50% de los haberes y derechos sociales. RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: Limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Antofagasta, 05 de enero de 2023.-