RIOS Y COMPAÑÍA ABOGADOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2022
- Repertorio
- 35909-2022
- Notario
- KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
- Domicilio
- don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Sociedad
- N. fantasía
- RIOS Y COMPAÑÍA ABOGADOS LTDA
- Capital
- $1.200.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años a contar de la fecha de escritura extractada, prorrogables tácita, automática y sucesivamente por periodos de 3 años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto los siguientes: a) Realizar toda clase de actividades profesionales relacionadas con la prestación de asesorías en materia jurídicas, representación ante Tribunales, de gestión judicial, financieras, tributarias, comerciales, económicas y de estructuración de negocios de cualquier naturaleza. b) Realizar toda clase de consultorías profesionales, realizar estudios técnicos, análisis de factibilidad, diseñar estrategias de negocios, y en general prestar toda clase de servicios y asesorías y toda clase de proyectos en las áreas profesionales de derecho y comercial. c) Realizar cualquier actividad relacionada o no con las anteriores, que el o los socios de común acuerdo determinen. Los socios quedan expresamente facultados para desarrollar por cuenta propia y con independencia de la sociedad las actividades propias del giro social. Su giro lo podrá desarrollar directa o indirectamente
Administración
corresponderá a don Andrés Ríos Urquidi y a don Pablo Ignacio Astorga Lanas, quienes actuando separada e indistintamente y anteponiendo la razón social a sus respectivas firmas, representarán a la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, titular de la 36° de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: por escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2022, ante mí, repertorio N° 35.909-2022, don ANDRÉS RÍOS URQUIDI, abogado, C.I. N°15.959.981-7 y don PABLO IGNACIO ASTORGA LANAS abogado, C.I. N°17.600.941-1, en calidad de únicos y actuales accionistas, de RIOS Y COMPAÑÍA ABOGADOS SpA, Rut 76.738.729-6, todos Av. Apoquindo N°3721, piso 21, Las Condes, Región Metropolitana, acuerdan modificar dicha sociedad, cuyo extracto está inscrito en Registro de Comercio de Santiago a fojas 36.110 N°19.896 del 2017, publicado en Diario Oficial de 11 de mayo 2017 y modificada según extracto inscrito en Registro Comercio de Santiago a fojas 35.552 N°17.743 del 2019, publicado en Diario Oficial de a 10 de mayo del 2019. Modificaciones consisten: Uno) Se modifica duración de la sociedad, limitándose a 5 años a contar de esta fecha; Dos) Se modifica el objeto de la sociedad reemplazándose el Artículo Quinto de los estatutos por el siguiente: “Quinto: El objeto de la sociedad será: a) Realizar toda clase de actividades profesionales relacionadas con la prestación de asesorías en materia jurídicas, representación ante Tribunales, de gestión judicial, financieras, tributarias, comerciales, económicas y de estructuración de negocios de cualquier naturaleza. b) Realizar toda clase de consultorías profesionales, realizar estudios técnicos, análisis de factibilidad, diseñar estrategias de negocios, y en general prestar toda clase de servicios y asesorías y toda clase de proyectos en las áreas profesionales de derecho y comercial; y c) Realizar cualquier actividad relacionada o no con las anteriores, que el o los socios de común acuerdo determinen. Los socios quedan expresamente facultados para desarrollar por cuenta propia y con independencia de la sociedad las actividades propias del giro social. Su giro lo podrá desarrollar directa o indirectamente; y Tres) Se transforma RIOS Y COMPAÑÍA ABOGADOS SpA en sociedad civil de responsabilidad limitada, cuyos estatutos son: Razón Social: RIOS Y COMPAÑÍA ABOGADOS LIMITADA. Nombre de Fantasía: RIOS Y COMPAÑÍA ABOGADOS LTDA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto los siguientes: a) Realizar toda clase de actividades profesionales relacionadas con la prestación de asesorías en materia jurídicas, representación ante Tribunales, de gestión judicial, financieras, tributarias, comerciales, económicas y de estructuración de negocios de cualquier naturaleza. b) Realizar toda clase de consultorías profesionales, realizar estudios técnicos, análisis de factibilidad, diseñar estrategias de negocios, y en general prestar toda clase de servicios y asesorías y toda clase de proyectos en las áreas profesionales de derecho y comercial. c) Realizar cualquier actividad relacionada o no con las anteriores, que el o los socios de común acuerdo determinen. Los socios quedan expresamente facultados para desarrollar por cuenta propia y con independencia de la sociedad las actividades propias del giro social. Su giro lo podrá desarrollar directa o indirectamente. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias. Duración: 5 años a contar de la fecha de escritura extractada, prorrogables tácita, automática y sucesivamente por periodos de 3 años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término. Administración: corresponderá a don Andrés Ríos Urquidi y a don Pablo Ignacio Astorga Lanas, quienes actuando separada e indistintamente y anteponiendo la razón social a sus respectivas firmas, representarán a la sociedad. Capital: $1.200.000, cantidad que socios aportan y enteran: A) Andrés Ríos Urquidi, aporta $840.000, equivalente al 70% del capital social, que pagó y enteró en caja social con anterioridad al acto; B) Pablo Ignacio Astorga Lanas, aporta $360.000, equivalente al 30% del capital social, que pagó y enteró en caja social con anterioridad al acto. Responsabilidad: Socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 03 de enero de 2023.-