HOSPITALIDAD KINGSTON LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de enero de 2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será Casablanca, Región de Valparaíso
- Duración
- La duración de la Sociedad será de 10 años a contar de la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública que se inscribirá en el Registro de Comercio correspondiente al margen de la inscripción social, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente
Objeto social
El objeto de la Sociedad es: /a) la administración, operación, explotación, concesión, compra, venta, permuta, adquisición y transferencia de todo tipo de bienes inmuebles relacionados con la prestación de servicios de alojamiento turístico, incluyendo, pero no limitado a casas de huéspedes, hosterías y hoteles; /b) la prestación de toda clase de servicios de alojamiento turístico o de administración de establecimientos destinados a esos efectos, incluyendo, pero no limitado a, servicios de contabilidad, tecnologías de la información, administración, supervisión, marketing, administración de sistemas de reservas, capacitaciones, asesorías, programas de clientes preferentes, servicios centralizados de sistemas de casas de huéspedes, hosterías, hoteles u otros establecimientos semejantes, entre otros; y c) todas las actividades que se relacionen directa o indirectamente con las operaciones indicadas y en general todos los demás actos y negocios que los socios acuerden y que se relacionen con la actividad de servicios de hotelería, turismo y hospitalidad. Para estos efectos, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos o contratos necesarios para cumplir con el objeto social, el desarrollo de su negocio o la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, y podrá en especial, constituir o participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su naturaleza u objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada, sociedades por acciones u otras, joint ventures, gremios o asociaciones profesionales, y en general cualquier otro tipo de asociación, pudiendo ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades
Administración
La representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderán al socio Viña Kingston Family Limitada, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, quien para tales efectos podrá actuar individual y separadamente, a través de su administrador o sus apoderados para representar a la Sociedad o mandatarios especialmente designados al efecto, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES SANTA RITA S.A | socio | 76367690-0 | — | — | |
| VIÑA KINGSTON FAMILY LIMITADA | socio | 76706010-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBENJAMIN CASTILLO MONTALVO, Notario Suplente de la 2ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara número 107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 3 de enero de 2022, ante mí INVERSIONES SANTA RITA S.A., RUT N°76.367.690-0 y VIÑA KINGSTON FAMILY LIMITADA, RUT 76.706.010-6, ambas domiciliadas para estos efectos en Fundo Santa Rita sin número, comuna de Casablanca, Región de Valparaíso, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: La razón social de la Sociedad es “HOSPITALIDAD KINGSTON LIMITADA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será Casablanca, Región de Valparaíso, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Objeto: El objeto de la Sociedad es: /a/ la administración, operación, explotación, concesión, compra, venta, permuta, adquisición y transferencia de todo tipo de bienes inmuebles relacionados con la prestación de servicios de alojamiento turístico, incluyendo, pero no limitado a casas de huéspedes, hosterías y hoteles; /b/ la prestación de toda clase de servicios de alojamiento turístico o de administración de establecimientos destinados a esos efectos, incluyendo, pero no limitado a, servicios de contabilidad, tecnologías de la información, administración, supervisión, marketing, administración de sistemas de reservas, capacitaciones, asesorías, programas de clientes preferentes, servicios centralizados de sistemas de casas de huéspedes, hosterías, hoteles u otros establecimientos semejantes, entre otros; y c) todas las actividades que se relacionen directa o indirectamente con las operaciones indicadas y en general todos los demás actos y negocios que los socios acuerden y que se relacionen con la actividad de servicios de hotelería, turismo y hospitalidad. Para estos efectos, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos o contratos necesarios para cumplir con el objeto social, el desarrollo de su negocio o la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, y podrá en especial, constituir o participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su naturaleza u objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada, sociedades por acciones u otras, joint ventures, gremios o asociaciones profesionales, y en general cualquier otro tipo de asociación, pudiendo ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de un $1.000.000, que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: a) Viña Kingston Family Limitada, la suma de $999.000, equivalente aproximadamente al 99,9% del total del interés social; y b) Inversiones Santa Rita S.A., la suma de $1.000, equivalente al 0,1% del total del interés social. Estos aportes se enterarán y pagarán en la caja social en dinero efectivo, a más tardar dentro del plazo de 5 años desde la fecha de esta escritura y a medida que las necesidades sociales lo requieran. Duración: La duración de la Sociedad será de 10 años a contar de la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública que se inscribirá en el Registro de Comercio correspondiente al margen de la inscripción social, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Administración: La representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderán al socio Viña Kingston Family Limitada, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, quien para tales efectos podrá actuar individual y separadamente, a través de su administrador o sus apoderados para representar a la Sociedad o mandatarios especialmente designados al efecto, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 4 de enero de 2023. Benjamin Castillo Montalvo, Notario Público Suplente.