CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES SANTA MAGDALENA LIMITADA

CVE 2248029
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2022
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
42° Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Duración
Indefinida

Administración

La administración corresponderá a uno o más Administradores quienes, en caso de ser más de uno, estos podrán actuar de manera conjunta o separada, correspondiendo esta designación a Don PEDRO ADOLFO LABRAÑA PINO, chileno, casado, factor de comercio, cedula de identidad número ocho millones veintidós mil novecientos noventa y cinco guion k; domiciliado para estos efectos en Avenida Apoquindo número cinco mil seiscientos cincuenta y nueve, piso veintidós, comuna de Las Condes, con facultades indicadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, abogado, Notario Público, Titular 42° Notaría Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil setenta, piso 2, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de Diciembre de 2022, ante mí, repertorio número 55.296, ante mi: don PABLO ALEXIS LABRAÑA VILLA, chileno, casado con separación de bienes, ingeniero, cédula nacional de identidad número quince millones setecientos cuarenta y nueve mil quinientos noventa y nueve guion dos, doña MAGDALENA DEL CARMEN VILLA PINTO, chilena, casada, factor de comercio, cedula de identidad número nueve millones noventa y dos mil seiscientos dieciséis guion cero, quien actúa dentro de su pecunio profesional propio o patrimonio reservado del articulo ciento cincuenta del código civil; y don GONZALO ALFREDO LABRAÑA VILLA, chileno, soltero , factor de comercio, cedula de identidad numero dieciocho millones cuatrocientos sesenta y dos mil ciento noventa y ocho guion tres; todos con domicilio para estos efectos en Calle Carmencita numero veinticinco, piso nueve letra b, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cedulas respectivas, y exponen: que vienen a constituir una sociedad de Responsabilidad Limitada en adelante la “Sociedad”, que se regirá por las disposiciones de la ley numero tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones y demás leyes pertinentes, y en especial, por las disposiciones de los siguientes estatutos: TITULO PRIMERO. DEL NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN. Artículo Primero: El nombre de la sociedad es “INVERSIONES SANTA MAGDALENA LIMITADA”. Artículo Segundo: El objeto de la sociedad será: desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades; a) Compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; b) Adquirir, enajenar t explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación , exportación, distribución , consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de tirulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación ,distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y d)todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad desarrollada, y cualquier otro que decida el constituyente. E) todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad desarrollada, y cualquier otro que decida el constituyente. Artículo Tercero: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecer en otras ciudades del país o en el extranjero. Artículo Cuarto: La duración de la sociedad será indefinida. TITULO SEGUNDO. DEL CAPITAL. Artículo Quinto: El capital de la sociedad es de DIEZ MILLONES de pesos, que los socios aportan en este acto, de la siguiente manera; el socio PABLO ALEXIS LABRAÑA VILLA, ya individualizada, viene en aportar la suma de TRES MILLONES de pesos de un capital enterado que se paga en el presente acto enterándose en la caja social. Aporte equivalente al treinta por ciento del total del capital de la sociedad; la socia MAGDALENA DEL CARMEN VILLA PINTO, ya individualizada, viene en aportar la suma de CUATRO MILLONES de pesos de un capital enterado que se paga en el presente enterándose en la caja social. Aporte equivalente al cuarenta por ciento del total del capital de la sociedad; el socio GONZALO ALFREDO LABRAÑA VILLA, ya individualizado, viene en aportar la suma de TRES MILLONES de pesos de un capital enterado que se paga en el presente acto enterándose en la caja social. Aporte equivalente al treinta por ciento del total del capital de la sociedad. Administración: La administración corresponderá a uno o más Administradores quienes, en caso de ser más de uno, estos podrán actuar de manera conjunta o separada, correspondiendo esta designación a Don PEDRO ADOLFO LABRAÑA PINO, chileno, casado, factor de comercio, cedula de identidad número ocho millones veintidós mil novecientos noventa y cinco guion k; domiciliado para estos efectos en Avenida Apoquindo número cinco mil seiscientos cincuenta y nueve, piso veintidós, comuna de Las Condes, con facultades indicadas en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, fecha 29 de diciembre de 2022.