CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones La Candelaria SpA

CVE 2247855
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
14 de diciembre de 2022
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y)o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los socios determinen.- III

Administración

El uso de su razón social, administración, y representación judicial y extrajudicial corresponderá única y exclusivamente a don i) GUSTAVO MARÍN GROETAERS, quien actuando individualmente y anteponiendo su nombre a la razón social contará con las más amplias facultades de administración, y en caso de faltar corresponderá ii) conjuntamente a GUSTAVO ADOLFO MARÍN VIO, ALEJANDRO ANDRES MARIN VIO, FERNANDA MARÍN VIO y LORETO MARÍN VIO, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo su nombre a la razón social contarán con amplias facultades de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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JUAN RAMON VENEGAS MORVAN, abogado, Notario Suplente de la 26º Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3196, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 14 de diciembre del año 2022, Rep. Nº11.692, ante el titular Humberto Quezada Moreno: Don i) GUSTAVO ADOLFO MARÍN VIO, ii) doña LORETO PAOLA MARÍN VIO, iii) MARÍA FERNANDA MARÍN VIO, y iv) don ALEJANDRO ANDRÉS MARÍN VIO, quienes vienen en constituir una sociedad por acciones en los siguientes términos: I. Razón Social. La razón social será INVERSIONES LA CANDELARIA SpA.- II. Objeto. La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los socios determinen.- III. Domicilio. Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero.- IV. Duración. Indefinida.- V. Capital. El capital social es la suma única y total de $1.000.000 pesos, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente pagadas en el acto, en la forma expresada en el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales.- VI. Administración. El uso de su razón social, administración, y representación judicial y extrajudicial corresponderá única y exclusivamente a don i) GUSTAVO MARÍN GROETAERS, quien actuando individualmente y anteponiendo su nombre a la razón social contará con las más amplias facultades de administración, y en caso de faltar corresponderá ii) conjuntamente a GUSTAVO ADOLFO MARÍN VIO, ALEJANDRO ANDRES MARIN VIO, FERNANDA MARÍN VIO y LORETO MARÍN VIO, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo su nombre a la razón social contarán con amplias facultades de administración. Asimismo el administrador contara con las facultades enunciadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 30 de diciembre de 2022.- JRVM. Not. Sup.