MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

HINOJOSA LIMITADA

RUT 77561910-4 CVE 2247636
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2022
Notaría
San Fernando

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2022
Repertorio
3784/2022
Notario
ALBERTO ORTEGA JIRON
Oficio
Primera Notaría San Fernando
Comuna
San Fernando

Administración

La administración de la sociedad, representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a ambos socios, quienes actuando conjunta o individualmente y siempre anteponiendo a su firma la razón social, podrán actuar con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Conservador de Bienes de Raíces de Curicó socio 77561910-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO ORTEGA JIRON, Notario Público Titular de la Primera Notaría San Fernando, Chillán 620, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2022, repertorio N° 3.784/2022, ante el titular comparecieron: don GONZALO ANDRÉS HINOJOSA HENRIQUEZ C.I. 8.268.344-5, y doña CLAUDIA PATRICIA SOTO IBARRA C.I. 8.325.957-4, ambos domiciliados para estos efectos en calle Longitudinal Sur, Kilometro 140, casa cinco, San Fernando, Región del Libertador General Bernardo O`Higgins, quienes vienen en modificar la sociedad “HINOJOSA LIMITADA”, inscrita a fojas 364, número 328, en el Registro de Comercio del año 1999 del Conservador de Bienes de Raíces de Curicó, RUT N° 77561910-4, en el siguiente sentido: /UNO/ Modificar el giro de la sociedad en el sentido de que esta tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales, asesorías profesionales y consultorías y en gestión, planificación y desarrollos de proyectos agrícolas, agroindustriales, forestales y ambientales para entes privados o públicos, por cuenta propia y/o a través o en colaboración con terceros./DOS/Administración: La administración de la sociedad, representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a ambos socios, quienes actuando conjunta o individualmente y siempre anteponiendo a su firma la razón social, podrán actuar con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Fernando, 03 de enero de 2023.