CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

EXPORTADORA ANDES FRUIT SpA

RUT 76541442-3 CVE 2248178
Capital
$100.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de diciembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
29 de diciembre de 2022
Repertorio
6936-2022
Notario
LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ
Oficio
20° Notaria de Santiago con oficio en Avenida Apoquindo N° 4990 comuna de Las Condes
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
“ANDES FRUIT SpA”
Capital
$100.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto social será la importación, exportación, compra, venta, distribución, comercialización de productos del agro y vitivinícolas; en general, todo lo relacionado de cualquiera manera, ahora y en el futuro con todo lo anterior, y cualquier otro negocios que acordaren los accionistas, sean con particulares o con entidades públicas o privadas

Administración

En todo caso la administración será ejercida por dos administradores: MARCIAL EUGENIO GONZÁLEZ CABRERA CNI N° 10.837.287-7, y MARÍA ESTEFANÍA GONZÁLEZ CABRERA, CNI N° 8.764.434-0, quienes actuando conjunta o separadamente representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad, y estarán investidas de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el artículo 15º que los Estatutos le otorgan

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
MARCIAL EUGENIO GONZÁLEZ CABRERA representante 10837287-7
MARÍA ESTEFANÍA GONZÁLEZ CABRERA socio 8764434-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, Notario Público de la 20° Notaria de Santiago con oficio en Avenida Apoquindo N° 4990 comuna de Las Condes, certifico: Que por escritura pública hoy, repertorio 6936-2022, ante mí, comparece: sociedad VESUBIO SpA, del giro inversiones, RUT N° 76.541.442-3 representada por MARCIAL EUGENIO GONZÁLEZ CABRERA, ingeniero comercial, CNI N° 10.837.287-7, ambos domiciliados en Condominio Polo IV P 139, Colina; y sociedad EQUALS SpA, del giro inversiones, RUT N° 76.438.251-K, representada por MARÍA ESTEFANÍA GONZÁLEZ CABRERA, relacionadora pública, CNI N° 8.764.434-0, ambos domiciliados en Américo Vespucio Norte N° 1798, dpto 204, Vitacura; vienen en constituir sociedad por acciones: Razón social: “EXPORTADORA ANDES FRUIT SpA”.- Nombre de fantasía: “ANDES FRUIT SpA” Domicilio: Santiago.- Duración: Indefinido.- Objeto: El objeto social será la importación, exportación, compra, venta, distribución, comercialización de productos del agro y vitivinícolas; en general, todo lo relacionado de cualquiera manera, ahora y en el futuro con todo lo anterior, y cualquier otro negocios que acordaren los accionistas, sean con particulares o con entidades públicas o privadas.- Capital: $100.000.000.-, dividido en 100.000.0000 acciones preferidas, nominativas, sin valor nominal, de igual valor, y divididas en 2 series de acciones: 50.000.000 acciones Serie A y 50.000.000 acciones Serie B, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: A) VESUBIO SpA, suscribe 50.000.000 de acciones Serie A, que equivalen a la suma total de $50.000.000, que paga de la siguiente forma: i) $5.000.000 es pagada en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando en consecuencia a la caja social y ii) el saldo de $45.000.000, los pagará en el plazo de 5 años a contar de la firma del presente instrumento; B) EQUALS SpA, suscribe 50.000.000 de acciones Serie B, que equivalen a la suma total de $50.000.000, los cuales paga de la siguiente forma: i) $5.000.000 es pagada en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando en consecuencia a la caja social, y ii) el saldo de $45.000.000 los pagará en el plazo de 5 años a contar de la firma del presente instrumento.- Administración: En todo caso la administración será ejercida por dos administradores: MARCIAL EUGENIO GONZÁLEZ CABRERA CNI N° 10.837.287-7, y MARÍA ESTEFANÍA GONZÁLEZ CABRERA, CNI N° 8.764.434-0, quienes actuando conjunta o separadamente representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad, y estarán investidas de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el artículo 15º que los Estatutos le otorgan.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, a 29 de diciembre de 2022.