CORREA E IHNEN ABOGADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2022
- Notario
- Isabel Margarita Peña Lezaeta
- Domicilio
- don Eduardo Diez Morello
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Objeto social
El giro u objeto de la sociedad será exclusivamente prestar servicios o asesorías profesionales, por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de los servicios profesionales.” En lo no modificado, pacto sigue plenamente vigente sin modificaciones. TRES. Derogan la cláusula “DECIMO. TRABAJO SOCIAL” del estatuto.- Santiago, 29 de diciembre de 2022.- Isabel Margarita Peña Lezaeta. Notario Suplente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF original"CORREA E IHNEN ABOGADOS LIMITADA" Isabel Margarita Peña Lezaeta, Notario Público Suplente de don Eduardo Diez Morello, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N°359, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2022, ante el Notario Titular don Eduardo Diez Morello, doña María Paz Ihnen Franke y don Mauricio Andrés Correa Noé, todos domiciliados en Avenida Isidora Goyenechea 3120, Piso 12, de la comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, modifican la sociedad "CORREA E IHNEN ABOGADOS LIMITADA", inscrita a a fojas 41.350 número 28538 del Registro de Comercio de Santiago del 2009 Capital: $500.000.- Modificación actual consiste: UNO. Se modifica la cláusula “Primero Normas Generales” por la siguiente: “PRIMERO. NORMAS GENERALES: Que, por el presente instrumento, vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a la Ley número tres mil novecientos dieciocho del año mil novecientos veintitrés, la cual se regirá por las estipulaciones que más adelante se consignan, y en subsidio por las disposiciones legales vigentes sobre la materia. La sociedad es de personas en que todos sus socios son profesionales abogados”. DOS. Reemplaza objeto social por el siguiente: “TERCERO.OBJETO SOCIAL: El giro u objeto de la sociedad será exclusivamente prestar servicios o asesorías profesionales, por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de los servicios profesionales.” En lo no modificado, pacto sigue plenamente vigente sin modificaciones. TRES. Derogan la cláusula “DECIMO. TRABAJO SOCIAL” del estatuto.- Santiago, 29 de diciembre de 2022.- Isabel Margarita Peña Lezaeta. Notario Suplente.